Sentencia nº 00754 de Tribunal Agrario, de 21 de Octubre de 1993

PonenteLuis Enrique Montero Mora
Fecha de Resolución21 de Octubre de 1993
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia93-000754-0029-AG
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoIncidente de prescripción

TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO.-

S.J., a las quince horas del veintiuno deoctubre de mil novecientos noventa y tres.-

Incidente de Prescripción de Intereses, promovido por M.A.C.H., dentro del proceso Ejecutivo, establecido ante el Juzgado Mixto de San Ramón, por BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, contra M. CAMPOS HIDALGO Y OTROS, en virtud de apelación interpuesta por el aquí incidentista señor C.H. y por el Banco Nacional de Costa Rica, conoce este Tribunal de la resolución dictada a las diez horas del veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y tres, que dispuso: "POR TANTO: Lo expuesto, artículos 984 inciso b) del Código de Comercio, 977 inciso a) ibídem, se declara parcialmente con lugar el presente incidente de prescripción de intereses incoado por M.A.H. CAMPOS, contra el BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, y en consecuencia, se declaran prescritos y por ende incobrables los intereses producidos antes del 30 de julio de 1992. Da el total de intereses aprobado la suma de QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CIENCUENTA Y OCHO COLONES CON VEINTICINCO CENTIMOS.-

Fs...".-

R.J. Superior M.M., Y;

CONSIDERANDO:

I.-

HECHOS PROBADOS. Como tales, de influencia para el dictado de esta resolución, se tienen los siguientes: 1) Que el Banco actor, con su escrito de demanda liquida intereses a partir del primero de mayo de mil novecientos noventa por la suma de ciento noventa y dos mil setecientos treinta y cinco colones con cincuenta céntimos, hasta la fecha de presentación de la misma, cinco de diciembre de mil novecientos noventa. (Ver memorial de folios doce y trece frente). 2) Que a los codemandados se les notificó la resolución que cursó la presente demanda ejecutiva hipotecaria, el día veintiséis de diciembre de mil novecientos noventa. (Ver actas de notificación de folio catorce vuelto). 3) Que en este asunto ya se celebreron tres remates sobre el inmueble hipotecado, incluyendo inclusive el último sin sujeción a base. (Ver acta de folio sesenta y siete frente). 4) Que el Banco actor con posterioridad a los liquidados con el escrito de demanda, volvió a liquidar intereses a partir de la fecha de la interposición de la demanda y hasta el catorce de julio de mil novecientos noventa y tres, en memorial presentado a estrados el diecinueve de julio de mil novecientos noventa y tres. (Ver escrito de folio ciento cinco frente y vuelto y su razón de recibido). 5) Que el incidente de prescripción de intereses que ahora nos ocupa, se presentó a estrados el tres...

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