Sentencia nº 01493 de Tribunal de Familia, de 5 de Octubre de 2005

PonenteAna María Picado Brenes
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2005
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia04-001280-0364-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de investigación de paternidad

EXPEDIENTE DEL TRIBUNALNUMERO:1393-05(04-001280-364-FA)

VOTO 1493-05

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSE, al ser las once horas veinteminutos del cinco de octubre del dos mil cinco.-

Proceso de investigación de paternidad establecido por L.R.S., mayor, soltera, docente, vecina de H., cédula número uno-ochocientos sesenta y siete-ciento dieciséis contraEliécer C.O., mayor, casado, vecino de H., cédula número cuatro-cero noventa y cinco-cero9 cero ocho.

RESULTANDO:

  1. La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: “Que el demandado es el padre del menor C.D.J.R.S, otorgándolesel derecho de llevar su apellido que por derecho lecorresponde, a ser alimentado por él y a sucederle ab intestato, ordenándose inscribiren el RegistroCivil, sección de nacimientos.”

  2. El demandado fue debidamente notificado dela presente acción la cual no contestó.-

  3. La Licenciada L.R.V., juez de Familia de H., por sentencia dictada al ser las quince horas un minuto del veintisiete de junio del dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO:De conformidad con lo expuesto, artículo 27, 33, 44, 46 de la Ley de Paternidad Responsable; artículo 53 y 54 de la Constitución Política, artículo 7, 9, y 18 de la Convención de los Derechos del Niño, ratificadapor Costa Rica mediante Ley No. 7184,artículo 16 del Protocolo Adicional a la Convención Americanasobre Derechos Humanos en materiade derechos económicos, sociales, y culturales “Protocolo de San Salvador “, 2, 4, 8, 91, 92, 97, 98, 155 del Código de Familia artículo 30 del Código de la Niñez y la Adolescencia, 153, 155, 221, 216, 317, 325, 420 inciso2), 422 a 428 delCódigo Procesal Civil, se rechazan las excepciones de falta de derecho, la falta delegitimación y falta de interés, la genérica sine actione agit, se declara CON LUGARen todos sus extremos la demanda abreviada de declaratoria de paternidad interpuesta por E.C.O. contra L.R. y como consecuencia legal C.J. adquiere el derecho dellevar como primer apellido el su padre “CHAVARRIA”, de ser alimentada por su progenitor y a heredarle ad intestato .Además dicha menor entrará a formar parte dela familia consanguíneapor la línea paterna para todo efecto. Firme el fallo, deberáa gestiónde parte- inscribirse en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provinciade H., al tomo DOSCIENTOS VEINTISÉIS;página DOSCIENTOS TRES; asiento CUATROCIENTOS CINCO.Por improcedente se rechaza la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR