Sentencia nº 00440 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 13 de Noviembre de 2002

PonenteJuan Carlos Sánchez Benavides
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2002
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección II
Número de Referencia02-001069-0180-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoApelación por inadmisión

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION SEGUNDA.-

S.J., a las catorce horas cinco minutos del trece de noviembre del dos mil dos.-

Examinada la APELACION POR INADMISION formulada por el licenciado A.B.J. en su carácter de apoderado especial judicial de E.A.S.E. y Granel Centroamericano de Panamá Sociedad Anónima, dentro de la ADMINISTRACION POR INTERVENCION JUDICIAL promovida por CONSTRUCTORA BELEN SOCIEDAD ANONIMA Y OTROS, seguido ante el JUZGADO PRIMERO CIVIL DE SAN JOSE, bajoel expediente número 02-001069-180-CI.-

REDACTA el J.S.B.: Y,

CONSIDERANDO:

I.-

El recurso de apelación por inadmisión interpuesto, cumple a cabalidad con todos los requisitos que establecen los artículos 584 y 585 del Código Procesal Civil, por lo que se procede a su análisis en los considerandos posteriores.

II.-

La resolución apelada de derecho de las 10:49 horas del 26 de setiembre de dos mil dos (folio 152), rechaza la solicitud formulada por el licenciado A. B.J., en su condición de apoderado especial judicial de E. A.S.E. y Granel Centroamericano de Panamá S.A., en cuanto a que se desestime el proceso de administración y reorganización por intervención judicial promovido por Constructora Belén Limitada y otras sociedades miembros de un grupo de interés económico, por estar sus representantes acusados penalmente. Dicho auto carece de alzada, como correctamente resuelve el Juzgado, a tenor de lo dispuesto por el artículo 741 del Código Procesal Civil. En todo caso se advierte que el quebranto que aquí alega el recurrente, será objeto de análisis por este Tribunal, en el recurso de apelación formulado contra la resolución que admite este procedimiento concursal, de las 8:45...

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