Sentencia nº 00089 de Tribunal Primero Civil, de 5 de Febrero de 2014

PonenteManuel Hernández Casanova
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2014
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia05-001138-0181-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoIncidente de prescripción de capital e intereses

-Nº89-1C- TRIBUNAL PRIMERO CIVIL .

- S.J., a las nueve horas cinco minutos (09:05 a.m.) del cinco de febrero de dos mil catorce.

INCIDENTE DE PRESCRIPCION DE CAPITAL E INTERESES , promovido por Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima, representada por su apoderado general judicial licenciado C.M.M.H., quien confirió poder especial judicial a los licenciados W.G.G.R. y D.E.U.V., dentro de PROCESO EJECUTIVO SUMARIO, establecido en el Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, expediente número 05-001138-181-CI, por A.C.L. , quien confirió poder especial judicial al licenciado M.P.C., contra H.C.F..

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal, del auto-sentencia de las catorce horas del veintidós de julio de dos mil trece, que en lo apelado resolvió: " POR TANTO : Se declara con lugar el Incidente de Prescripción de Sentencia INTERPUESTO (sic) BANCO DAVIVIENDA (COSTA RICA) S.A.. Se declara prescrita la obligación principal así como la obligación al pago de intereses declarada mediante sentencia de las diez horas cincuenta y ocho minutos del ocho de febrero de dos mil seis y aclarada por auto de las nueve horas cincuenta minutos del dieciocho de abril de dos mil seis. Firme esta resolución levántense el embargo decretado en autos sobre la finca matrícula 26348-F-000 y archívese el expediente. (Artículos 1, 99, 102, 104, 222, 483 y siguientes del Código Procesal Civil / artículo 1, 974, 986 del Código de Comercio).".

R. elJ.H.C., y; CONSIDERANDO I.- Por estar correcto, se aprueba el elenco de hechos probados que contiene el auto sentencia apelado, con las salvedad de lo que ha continuación se expone. Se suprime el hecho probado 3) para que en su lugar se lea así: En el presente proceso sumario ejecutivo se decretó embargo sobre la finca del Partido de San José matrícula F 26.348-000, el que se anotó el día 23 de setiembre de 2005 (ver certificación en el legajo del incidente de prescripción ver folios que van del 01 al 06). En otro orden, se agrega el siguiente hecho probado: 4) Para la data en que fue anotado el embargo relacionado en el hecho probado anterior, ya constaba inscrita hipoteca con citas 543-11340-01-0003-001 a favor del Banco incidentista, Banco Davivienda (Costa Rica) antes Banco HSBC (COSTA RICA) S .

A .. Dicha hipoteca fue objeto de ejecución en el proceso ejecutivo hipotecario número 06-000764-185-CI ante el Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de...

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