Clave fiscal: Registro de transparencia y usuarios finales

Luego de un largo proceso de regulación a nivel legislativo, reglamentario y de comunicaciones administrativas, ha iniciado a partir de setiembre la operación práctica y efectiva del registro de transparencia y beneficiarios finales. Su marco jurídico se compone esencialmente por las disposiciones contenidas en la Ley No. 9416 para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal (diciembre del 2016), el Decreto No. 41040-H que es Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (abril del 2018) y la Resolución Conjunta de Alcance General DGT-ICD-R-14-2019 (marzo del 2019).En forma muy resumida, se impone una obligación para las sociedades comerciales y otras estructuras jurídicas, en cuanto a suministrar información sobre la identidad de sus socios, accionistas y beneficiarios finales. Más que un verdadero "registro", se trata de la creación de una base de datos para el uso exclusivo de Ministerio de Hacienda y del Instituto Costarricense sobre Drogas. No estará permitido el acceso directo de otras instituciones públicas o privadas, con pequeñas salvedades en materia registral, notarial y de los ciudadanos en cuanto a sus propios datos exclusivamente.Como toda figura nueva, la implementación del sistema ha generado bastantes dudas e inquietudes y...

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