Columna Clave Fiscal: Registro de accionistas, prórroga final

Ha sido un largo camino el que hemos recorrido para completar los requerimientos del registro de accionistas y beneficiarios finales. Como ya se había anunciado, el plazo para completar las declaraciones del año 2019 finaliza el 31 de marzo. Sobre el particular, la Dirección General de Tributación (DGT) emitió la resolución DGT-R-005-2020 relativa a la publicación de lista de obligados tributarios que al 31 de marzo de 2020 no hayan suministrado la información sobre transparencia y beneficiarios finales; así como un apercibimiento y prórroga automática de cumplimiento.El punto central es que, una vez vencido el plazo de ley, la DGT publicará un edicto en el Diario Oficial La Gaceta, realizando el apercibimiento establecido en el párrafo segundo del artículo 84 bis del Código Tributario, para todos los obligados tributarios omisos en la obligación de suministrar la información establecida en el capítulo denominado "Transparencia y beneficiarios finales de las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas" de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, contenidos en la lista que para los efectos se publicará en el sitio web del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.go.cr). En dicho edicto se apercibirá a los obligados para que, en el plazo de tres días hábiles cumplan con el suministro de la referida información y eviten así la sanción...

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