Impuesto a las sociedades

El cobro por el impuesto a las sociedades mercantiles arrancó la semana pasada y se puede pagar hasta el 31 de enero sin sanción ni interés alguno. Por no cumplir con el pago, se cobrarán intereses y mora.

Recordemos que no pagarlo por tres periodos consecutivos, puede llevar a la disolución de la sociedad.

Si bien las leyes son instrumentos para incentivar o desincentivar conductas de las personas y las organizaciones, y si bien el objetivo de esta ley es estrictamente recaudatorio y no busca que las personas liquiden sus sociedades, sí que es cierto que ha llevado a muchos a disolver sociedades sin uso y, al menos, a cuestionarse si tanta sociedad hace falta.

Vivimos en una Costa Rica donde se sabrá quiénes son las accionistas de una sociedad, donde además hay que inscribir toda sociedad, y donde se pretende que todas presenten declaración de renta, de prosperar un proyecto de ley en tal sentido. Una segunda pregunta entonces es si las sociedades mercantiles, que se originan como vehículos para gestionar empresas, también deben ser utilizadas como formas de gestionar activos y bienes.

Parece que no y que, muy especialmente, las empresas de corte familiar deben preguntarse si el entramado de sociedades que se ha formado casi inercialmente con el tiempo, debe reducirse. Una buena razón: el ahorro que implica...

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