Maltrato animal choca otra vez en la Sala IV

Por segunda ocasión, la Sala IV encontró problemas de constitucionalidad en el proyecto sobre bienestar animal.

Este miércoles, por mayoría, los magistrados declararon irracional la decisión de los diputados de imponer multas y penas de cárcel a quienes maten o dañen 'mamíferos no humanos, aves, reptiles, anfibios, peces y octópodos'.

Una definición tan amplia de los animales conlleva una violación a los principios de intervención mínima, razonabilidad y proporcionalidad, consideraron los magistrados.

El problema está en las modificaciones que la iniciativa les haría a los artículos 279 bis, 279 ter y 405 bis del Código Penal, en donde se establecen las sanciones hasta de 2 años de cárcel por maltrato animal.

El texto de ley original solo mencionaba el término 'animales' en esos artículos y la Sala IV, en octubre del año pasado, les señaló a los legisladores que la definición era demasiado extensa.

En noviembre, al enmendar el proyecto, la Asamblea cambio la palabra 'animales' por 'mamífero no humano, ave, reptil, anfibio, pez y octópodo capaz de sentir dolor'.

Ahora, en una segunda revisión constitucional, los juristas declararon que esa definición tan amplia de los animales, incluida en la propuesta de ley, es irracional.

Es decir, si la ley se aprobara tal como se 'arregló' en la Asamblea Legislativa, el Estado podría encarcelar a quien mate una lagartija, una rana, un pulpo o un pez dorado, entre otras miles de especies animales.

Esa observación de la Sala Constitucional es por el fondo; eso significa que los diputados no están obligados a acatarla.

Sin embargo, de convertir el proyecto en ley sin arreglarlo, en algún momento alguien podría impugnarlo ante los magistrados y traerse abajo esa parte de la legislación.

Observaciones acatadas. En cuanto al resto de las observaciones que antes...

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