Suprimi de la estructura orgánica del Registro Nacional, las Asesorías Jurídicas de los Registros de Bienes Muebles, Bienes Inmuebles, Personas Jurídicas y Catastro Nacional, como estructuras independientes, de 26 de Mayo de 1999

EmisorPoder Ejecutivo

(Este decreto fue derogado por el artículo 4° del Decreto Ejecutivo N° 31104 de 15 de enero de 2003)

No 27934- J El presidente de la República y la Ministra de Justicia y Gracia Con fundamento en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política,

Considerando:

  1. —Que los Reglamentos de Organización de los Registros de la Propiedad de Bienes Muebles e Inmuebles, no se ajustan a la estructura producto de la reorganización del Registro Nacional,

    por lo que se hace necesario emitir una variación en dichos Reglamentos que le de sustento jurídico.

  2. —Que mediante oficio D.

    M. 63-98 de fecha 29 de enero de 1998, suscrito por el Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, se aprueba la estructura marco del Registro Nacional, dentro de la cual se constituye la Asesoría Jurídica del Registro Nacional cómo órgano staff.

  3. —Para los efectos de agilizar y mejorar los servicios públicos que presta el Registro Nacional, se hace necesario establecer estructuras organizativas que le permitan cumplir a esta Institución ese objetivo.

    Por tanto,

    decretan:

    Artículo 1°—Derogar el artículo 6 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Mueble (Decreto Ejecutivo No 26883-J del 20 de abril de 1998), y el artículo 6 del Reglamento del Registro de la Propiedad Inmueble (Decreto Ejecutivo No 26771-J del 18 de febrero de 1998).

    Artículo 2ºSuprimir de la estructura orgánica del Registro Nacional, las Asesorías Jurídicas de los Registros de...

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