Nueva versión de reglamento de renta aclara más sobre tributación de alquileres

El Ministerio de Hacienda puso en consulta pública, este jueves 16 de mayo, el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en el cual aclara más el tema de este tributo sobre los alquileres.La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que se publicó en La Gaceta el 4 de diciembre pasado, modificó este impuesto y los cambios comenzarán a regir el próximo 1.° de julio.El director general de Tributación, Carlos Vargas, explicó que este reglamento se sometió a un proceso de preconsulta por lo que ya se habían valorado observaciones, pero ahora todas las personas interesadas tienen un periodo de 10 días hábiles para hacer llegar nuevas sugerencias.El reglamento de preconsulta se publicó el pasado 12 de abril."En el caso de las rentas inmobiliarias indicadas en el artículo 27 ter, inciso 1, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, cuando los contribuyentes tengan contratado un mínimo de un empleado cuyo salario esté sometido al régimen de cotización de la Caja Costarricense de Seguro Social, para la generación de dichas rentas, podrán optar por tributar por la totalidad de su renta imponible del capital inmobiliario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de dicha ley", señala el nuevo texto.De esta forma, explicó Vargas, si el contribuyente no tiene empleados tributará como una renta del capital inmobiliario.De esta forma, el que arrienda el bien inmueble toma el ingreso total recibido por el alquiler, le resta un 15% de gasto deducible y sobre el resto (el 85%) paga una tarifa del 15%."Si esta misma persona tiene al menos un empleado, a tiempo completo, debidamente reportado a la Caja Costarricense del Seguro Social, tendrá la opción de pagar el impuesto que corresponda, conforme a las reglas del impuesto a las utilidades, deduciéndose los gastos que pueda comprobar, y pagar el impuesto sobre la tarifa del 30%, que es la tarifa para empresas o la escala progresiva que corresponde a las personas físicas con actividad lucrativa, que va del 10% al 25%", explicó Vargas.Priscilla Zamora, gerente de impuestos y legal de Deloitte explicó que la redacción de la ley daba a entender que existía un tratamiento tributario opcional de modo que el contribuyente, como regla, caía dentro del nuevo impuesto de rentas del capital, y como excepción, si él quería, podía pasar al régimen del título I, que es el impuesto sobre utilidades; no obstante, ahora el reglamento aclara el tema."(El reglamento) si mantiene bien el hecho de que...

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