Prescripción

Como parte de las recientes reformas tributarias, se han definido cambios en el tema de la prescripción. Esta figura jurídica se refiere al debilitamiento o extinción de obligaciones y deudas tributarias que ocurren por la combinación entre el transcurso del tiempo y la falta de actividad de los órganos encargados de determinar y cobrar los diferentes tipos de impuestos.Plazos. De conformidad con el artículo 51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT), la nueva regla es que la acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación prescribe a los cuatro años y no a los tres como era anteriormente.Igual plazo (cuatro años) rige para exigir el pago del tributo y sus intereses. Pero cabe aclarar que el plazo prescriptivo se extiende a 10 años (y no cinco como era antes) para los contribuyentes o responsables no registrados ante la Administración Tributaria, para los que estén registrados pero hayan presentado declaraciones calificadas como fraudulentas y para los que no hayan presentado las declaraciones juradas.Interrupción y suspensión. No es cualquier acto de la Administración Tributaria el que puede...

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