Reforma Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Central y las Subcomisiones de Emergencia, de 8 de Septiembre de 2003

EmisorInstituto Nacional de Aprendizaje

En la sesión Nº 4076 celebrada el 8 de setiembre del 2003 la Junta Directiva tomó el siguiente acuerdo, según consta en el acta de esa sesión, artículo VII:

ÓAprobar las modificaciones al Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Central y las Subcomisiones de Emergencia, con las observaciones hechas por los señores directores para que conste como sigue:

Artículo 4º—Integración. La C.C.E estará integrada de la siguiente manera:

El Gerente General, quien podrá ser representado por el Subgerente Administrativo.

Un representante de la Asesoría de Gestión Preventiva.

Un representante del Subsector Salud Ocupacional.

El jefe de la Unidad de Arquitectura e Ingeniería.

El Encargado del Proceso de Servicios Generales.

Un representante de la Oficina de Salud.

Un representante del Sindicato de Trabajadores del INA. Un representante de la Asociación de Profesionales del INA.

Un representante de la Asociación de Técnicos y Profesionales de Agropecuario.

Un representante de la Asociación Solidarista de Empleados del INA.

Un representante de la Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples de los empleados del INA.

Los miembros de la Comisión durarán en su cargo dos años a partir de su designación,

pudiendo ser reelectos.

La designación de los representantes de la Comisión, se realizará en la última semana del mes de febrero del año que corresponda, considerando que el periodo de su nombramiento es de dos años.

Si por alguna razón los nuevos representantes no han sido designados en el plazo previsto en este reglamento, los anteriores continuarán en sus funciones durante el tiempo que se necesite para efectuar dicha designación.

Cada representante propietario deberá contar con su respectivo suplente. Los miembros suplentes participarán en ausencia de los propietarios con las mismas atribuciones y derechos de estos últimos.

La Comisión estará presidida por el Gerente General y en su ausencia por el Subgerente Administrativo. El secretario será nombrado de entre los miembros de la Comisión, por la mayoría absoluta de ellos y durará en su cargo dos años a partir de su elección, pudiendo ser reelecto.

Cuando por causa de fuerza mayor alguno de los representantes de la Comisión dejara de formar parte de la misma, deberá ser sustituido por el suplente; quien pasaría a ser propietario debiendo procederse a nombrar un nuevo suplente.

Para que la Comisión deba sesionar válidamente deberán estar presentes al menos seis de sus miembros. La...

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