derecho privado
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Comentario al artículo 1336 de Código Civil
Artículo 1336. El comodatario está obligado de la cosa como buen padre de familia.
... este bien no puede ser enajenado, el comodante puede reclamar su derecho sobre la cosa y presentar la tercería de dominio correspondiente para ... [Agudo, A. (2016). Antonio Carrillo de Albornoz, Derecho privado romano, Málaga, 2000. Revista Jurídica Universidad Autónoma De Madrid, ... -
Comentario al artículo 11.2 de Código Procesal Civil
Artículo 11.2. Son competentes los tribunales costarricenses, con exclusión de cualquier otro, para conocer de las siguientes pretensiones: 1. Reales o mixtas relativas a muebles e inmuebles situados en Costa Rica. 2. Contra personas jurídicas inscritas en Costa Rica que afecten su constitución, validez, disolución o sean relativas a decisiones o acuerdos de sus órganos. 3. Cuando las partes...
... 11.3 CPC) evocan la idea de una especie de mini-manual de derecho procesal civil que ha dedicado una sutil atención a los supuestos de etencia internacional cuya relación con el derecho privado internacional es innegable.En apretada síntesis, el legislador procesal ... -
Comentario al artículo 539 de Código Civil
Artículo 539. Ninguno puede reclamar contra la aceptación o renuncia que en debida forma haya hecho de una herencia, sino en los casos en que la ley presume falta de consentimiento, dolo fuerza o violencia.
... Lo anterior, por cuanto al ser un derecho patrimonial, el sucesor puede renunciar antes de aceptar, pero también ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 565 de Código Civil
... el juicio de sucesión, no haga uso de los derechos que contra ella tenga, nada podrá reclamar de los acreedores a quienes se hubiere pagado, y sólo podrá repetir contra los legatarios cuando en la herencia no hubiere bienes bastantes para cubrir su crédito, y no hubieren transcurrido dos años desde que éstos hayan entrado en posesión de su legado. Lo dispuesto en este artículo no modifica en manera alguna los derechos del acreedor...
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Comentario al artículo 970 de Código de Comercio
Artículo 970. Solamente la prescripción ya cumplida puede ser objeto de renuncia. Será absolutamente nulo el pacto por el cual se renuncia, expresa o implícitamente, a una posible prescripción futura aún no cumplida.
... [Borda G. (1989) Tratado de Derecho Civil. Perrot, p. 11] En sede mercantil, a pesar de que no existe ... del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado UNIDROIT en la Investigación sobre los sistemas de tenencia indirecta de ... -
Comentario al artículo 601 de Código Civil
Artículo 601. El legado de un crédito o de perdón de una deuda, sólo surte efecto en la parte del crédito o de la deuda subsistente al tiempo de morir el testador. En el primer caso, el heredero cumple con ceder al legatario todos los títulos y acciones que le competerían contra el deudor; en el segundo caso, con dar al mismo legatario carta de pago si la pidiere.
... Lo que lega el testador es su derecho de crédito o la prestación que le debía su deudor. En otras palabras, ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Cláusulas arbitrales asimétricas: una aproximación al (des)balance de los derechos de las partes en el arbitraje comercial internacional
... Chaves Corrales es un abogado costarricense Licenciado en Derecho por la ... Universidad de Costa Rica. Actualmente, se desempeña como ... El caso A3 v. B3 (por tratarse de un laudo arbitral de carácter privado, la ... información accesible al público sobre las partes ha sido ...
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Comentario al artículo 462 de Código de Comercio
Artículo 462. Si se ha pactado la entrega de las mercancías en cantidad y plazo determinados, el comprador no estará obligado a recibirlas en condiciones diferentes; pero si aceptare entregas distintas, la venta quedará consumada en cuanto a tales entregas, sin perjuicio de la indemnización a que pueda tener derecho por la falta de cumplimiento del vendedor.
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Generalidades sobre la prueba
... los juzgadores, como lo son: las afirmaciones de los hechos, el derecho extranjero y la costumbre ... Los “Principios que rigen la prueba” ... de la función jurisdiccional, y en específico dentro del ámbito privado, no siempre atiende a la acepción vulgar del término, por lo que ha de ...
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Responsabilidad administrativa por el funcionamiento del servicio público hospitalario
... -extraído del artículo 21 constitucional en cuanto proclama el Derecho a la vida-, el resarcitorio - artículo 41 constitucional- y al buen ... sanguíneas, cuando la sangre ha sido obtenida de un banco privado que presuntamente le ha practicado todas las pruebas para evitar una ...
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Comentario al artículo 583 de Código Civil
Artículo 583. Puede otorgarse testamento abierto: 1º.- Ante un cartulario y tres testigos; pero si el mismo testador escribe el testamento, bastan dos testigos y el cartulario. 2º.- Ante cuatro testigos sin cartulario; si el testador lo escribe; o ante seis testigos, si el testador no lo escribe.
COMENTARIO El Cartulario o Notario Público es el profesional en Derecho, especialista en Derecho Notarial y Registral, legalmente habilitado para ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 515 de Código de Comercio
Artículo 515. El fiador que paga se subroga en los derechos y garantías que tenía el acreedor, y puede exigir del deudor el reembolso del capital, y de los intereses por él satisfechos y los que corran con posterioridad, los gastos judiciales y de cualquier otro orden en que él hubiere incurrido por la falta de cumplimiento del deudor.
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Comentario al artículo 492 de Código de Comercio
Artículo 492. El deudor a quien se haga saber la cesión y tenga que oponer excepciones que no resulten del título cedido, deberá hacerla presente en el acto de la notificación o dentro del tercer día. Si no hiciere manifestación alguna acerca de tales excepciones dentro de ese término, serán rechazadas si se tratara de hacerlas valer posteriormente. Las excepciones que aparezcan del documento,...
... de la transmisión de un título valor donde se adquiere un derecho autónomo, a través del contrato de cesión se transmite un derecho ... del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado UNIDROIT en la Investigación sobre los sistemas de tenencia indirecta de ... -
Comentario al artículo 612 de Código Civil
Artículo 612. Si los bienes de la sucesión se han repartido todos en legados, las deudas y cargas de ella se repartirán a prorrata entre todos los legatarios en la proporción de sus legados, y sobre el valor líquido de éstos tendrá un diez por ciento aquel a quien se declare heredero conforme a la ley.
... Esta figura jurídica tiene su origen en el Derecho Romano y cuyo propósito era el de “proteger al heredero cuando el ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 525 de Código Civil
Artículo 525. Para que la indignidad produzca efecto es preciso que sea declarada judicialmente a solicitud de parte interesada. La acción para pedir la declaratoria prescribe en cuatro años de posesión de la herencia o legado. Muerto el heredero o legatario sin que se haya intentado la acción de indignidad, no se admitirá contra los herederos del indigno.
... Sin embargo, con fundamento en el derecho a una justicia pronta y cumplida (art. 41 de la Constitución Política) y ... ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 596 de Código Civil
Artículo 596. El instituido por el testador como heredero de una cosa cierta y determinada, es tenido por legatario de ella. El instituido como legatario de parte alícuota de la herencia es heredero.
... física o jurídica a la cual el testador le otorga un bien o derecho específico. Los legatarios reciben a título particular a diferencia del ... ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 549 de Código Civil
... ) Renunciar, transigir o comprometer en árbitros, derechos que se cuestionen sobre inmuebles de cualquier valor o sobre muebles valorados en más de diez mil colones. 3) Enajenar extrajudicialmente bienes de la sucesión cuyo valor exceda de diez mil colones. 4) Continuar o no el comercio del difunto.
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Comentario al artículo 615 de Código Civil
Artículo 615. El testador puede disponer pura y simplemente o bajo condición. Las condiciones imposibles o ilícitas se tendrán por no escritas, y por pura y simple la institución a que afecten. Sin embargo, si se reconoce que la condición ha sido la causa impulsiva y determinante de la liberalidad, es nula toda la disposición.
... De dicha condición podría depender el nacimiento del derecho a la herencia o legado (condición suspensiva) o bien, podría más bien ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 101 de Ley General de Contratación Pública
Artículo 101. Modificación unilateral del contrato. En forma general, la Administración podrá modificar sus contratos vigentes siempre que con ello se logre una mejor satisfacción del interés público, sin superar bajo ningún concepto el veinte por ciento (20%) del monto y el plazo del contrato original. Cuando concurran circunstancias excepcionales, técnicamente acreditadas en el expediente, que
... lo diferencian de los contratos que se rigen estrictamente por el Derecho Privado. La primera de ellas consiste en que uno de los sujetos que forma ... -
Comentario al artículo 546 de Código Civil
Artículo 546. El albacea nombrado puede rehusar libremente el cargo; pero si lo acepta, está obligado a desempeñarlo, excepto en los casos en que es permitido al mandatario exonerarse del suyo.
... ón a desempeñarlo y a partir de ese momento entra en pleno derecho" y sin formalidad alguna en la posesión de los bienes y ejercerá su gesti\xC3" ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 553 de Código Civil
Artículo 553. Debe el albacea depositar a la orden del Juez de la sucesión y en el establecimiento señalado para los depósitos judiciales, todas las cantidades de dinero que reciba por cuenta de la sucesión.
... dice: “Con la aceptación del cargo, el albacea entra en pleno derecho" y sin formalidad alguna en la posesión de los bienes y ejercerá su gesti\xC3" ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 30.3 de Código Procesal Civil
Artículo 30.3. Los plazos pueden renunciarse, ampliarse o restringirse con el consentimiento de las partes, salvo disposición legal en contrario.
... de sistemas procesales que existen la solución de divergencias de derecho privado, nutrido de la autonomía de la voluntad. Ahora, se infiere del ... -
Comentario al artículo 592 de Código Civil
Artículo 592. Tienen incapacidad relativa de recibir por testamento: 1) Del menor no emancipado, su tutor, a no ser que habiendo renunciado la tutela haya dado cuenta de la administración, o que sea ascendiente o hermano del menor; 2) Del menor, sus maestros o pedagogos, y cualquier persona a cuyo cuidado esté entregado; 3) Del enfermo, los facultativos que le asistieron en la enfermedad de que...
... (2007). Manual de Derecho Sucesorio Costarricense. Juricentro, 5ª ed., p. 207]. 5. Del testador, ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 624 de Código Civil
Artículo 624. La revocación producirá su efecto aunque caduque el segundo testamento por incapacidad o renuncia del heredero o legatario nuevamente nombrado.
... nombrado sustitutos de los herederos o legatarios y no exista derecho a representación (art. 626.1 CC) entonces, deberán seguirle las ... ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en Derecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ... -
Comentario al artículo 566 de Código Civil
Artículo 566. El albacea que no hubiere reservado lo suficiente para pagar a aquellos acreedores no presentados, cuyo crédito constara de los papeles o documentos de la sucesión, o fuere conocido del albacea, por cualquier otro medio, será responsable personalmente de las cantidades entregadas a otras personas, en perjuicio de dichos acreedores, si cuando éstos se presentaren no hubiere ya...
... imposibilidad del acreedor de obligar a otro la reintegración del derecho que tenía el primero. ... AUTORAriana Sibaja López • Es Máster en erecho Privado Patrimonial por la Universidad de Salamanca y Universidad Pu´blica de ...