Circular nº 025 de Corte Plena del Poder Judicial, 10 de Agosto de 1993

Fecha de Resolución10 de Agosto de 1993
EmisorCorte Plena del Poder Judicial

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Circular N° 25-93

ASUNTO: Obligación de mantener aldía el registro de firmas para la anotación y el levantamiento de gravámenes por infracciones a la Ley de Tránsito.

A TODAS LAS AUTORIDADES QUE TRAMITAN ASUNTOS DE TRÁNSITO

SE LES HACE SABER:

Que la Corte Plena en sesión celebradael 12 de julio anterior, artículo CXV, dispuso reiterarles la obligaciónque tienen de mantener al día ante el Consejo de Seguridad Vial el Registro deFirmas de aquellos funcionarios autorizados para anotar y levantar losgravámenes que expidan en los asuntos por infracciones a la Ley de Tránsito, esdecir, que deberán registrarse tanto la firma...

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