Circular nº 015 de Corte Plena del Poder Judicial, 11 de Octubre de 1995

Fecha de Resolución11 de Octubre de 1995
EmisorCorte Plena del Poder Judicial

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

*Secretaría*

Publicado en el Boletín Judicial Nº 202-95 del 25-10-95

CIRCULAR Nº 15-95

ASUNTO: RequerimientosFiscales por Conversión.

A TODOS LOS AGENTE FISCALES Y JUECES DE INSTRUCCION DE TODO EL PAIS

SE LES HACE SABER:

Quela Corte Plena en sesión Nº 27-95 celebrada el 2 de octubre de 1995, artículo VIII,de conformidad con el artículo 4 del Código de Procedimientos Penales, a propuesta de la Comisión de Asuntos Penales, dispuso comunicarles:

1°.-

Al vencerlos plazos previstos en la ley para tramitar la información sumaria, sin que sehaya localizado al imputado, luego de haber agotado todas las diligencias parahacerlo llegar, deben formular el correspondiente requerimiento fiscal deinstrucción por conversión, conforme lo ordena los artículos 409 y 410 delCódigo de Procedimientos Penales, salvo que estime que no hay base para proceder o que el hecho no encuadra en una figura penal (art. 158 ibíden).

2°.-

En asuntosanteriores a la fecha en que se publique este aviso, en los cuales se habíasolicitado la suspensión de procedimientos y no se formuló el requerimientofiscal de conversión al vencer los plazos, deberá realizarse esa conversión(instrucción, prórroga extraordinaria) al momento en que el imputado sea localizado y se ponga a...

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