Acta nº 24-2005 de Corte Plena, 8 de Agosto de 2005

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2005
EmisorCorte Plena

N° 24-2.005

Sesión ordinaria de Corte Plenacelebrada a las ocho horas treinta minutos del ocho de agosto de dos mil cinco,con asistencia inicial de los Magistrados Mora, P.; R., S., León, G., A.,V., V., C., A., P., A., C. y los suplentesEva C.V. y J.L.A.V., quienes sustituyen, por su orden, a los Magistrados van der L. y C., por disfrutar de vacaciones.

ARTÍCULO I

Se aprobó el acta de la sesión de Corte Plena celebrada el 11 de julio último, # 22-2.005.

Los Magistrados Mora, A. y los suplentes C. y A., se abstuvieron de votar por no haber participado en esa sesión.

ARTÍCULO II

ENTRAN LA MAGISTRADA ESCOTO Y EL MAGISTRADO SOLANO.

En sesión celebrada el 9 de mayo del año en curso, artículo III, se sometióa conocimiento de la Corte, el memorial fechado 26 de abril, mediante el cualel licenciado C.R.L.Q., por las razones que ahí constan,solicitó ordenar el inicio de una investigación contra el licenciado F.D.'A.R., F. General de la República.

En esa oportunidad, previamente a resolver lo pertinente, se dispuso remitircopia del memorial suscrito por el licenciado L.Q. al licenciado Dall'Anese, a efecto de que rindiera el correspondiente informe.

En sesión del 13 de junio último, artículo III, se conoció el informe rendidopor el licenciado D.'A.R., disponiéndose: ". Tener por rendido elanterior informe del F. General de la República, hacerlo de conocimiento del señor L.Q. y archivar las diligencias."

Por último, en la verificada el 27 de junio pasado, artículo VI, seconoció el escrito mediante el cual el licenciado L.Q. interpusorevocatoria de lo resuelto en la sesión referida en el párrafo anterior ysolicitó darle traslado por el término de tres días del informe rendido por ellicenciado D.'A.R. y luego de una amplia deliberación, se resolvió: ".Aprobar la solicitud del Licenciado L.Q. y por ende, dejar sin efectolo resuelto en la sesión del 13 del presente mes de junio, artículo III y comoconsecuencia de ello, poner en conocimiento de don C.R., el informerendido por el licenciado D.'A.R., a efecto de que éste exprese lo que a tenga a bien, dentro del término de tres días."

En cumplimiento de la audiencia que esta Corte le concedió, el licenciado LoríaQuirós, en libelo fechado 26 de julio recién pasado, refiere que el informepresentado por el licenciado Dall'A.R. es omiso y oscuro, por lo que porlas razones invocadas, solicita prevenirle que lo adicione y aclare de manera comprensible y total.

Indica la Magistrada P.: "En la primera ocasión, cuando se ordenó elarchivo, tuvimos la intervención algunos de los compañeros Magistrados, enrealidad ahora lo que el licenciado L. pretende es que don F. aclareesos aspectos que él considera que son oscuros, e incluso en el escrito refiereque por qué siendo él uno de los perjudicados de las supuestas intervencionesno ha presentado la solicitud de la investigación correspondiente. A mí meparece que entratándose de estos comentarios que nos hace el licenciado L. al mismo señor F. General de la República, no le parece que lainvestigación deba realizarse y por eso no la ordenó en su oportunidad, malharíamos nosotros, a él como perjudicado, exigirle lo que el licenciado L.. Solamente quería intervenir para reiterar que creo que con lasexplicaciones que don F. en su primera oportunidad rindió, indicando queno tenía ninguna injerencia en las intervenciones que aquí se hacen alusión,eso es lo que él le está contestando a la Corte y en realidad era el puntoespecifico que inicialmente se le solicitaba. El aspecto de que en algunas deesas supuestas intervenciones se indique que también se intervinoconversaciones propiamente del señor F. General, si él no estimó lopertinente ni necesario para ordenar una investigación, porque dijo no haberreferido esas conversaciones con doña P., nosotros no podríamos ir más allásolicitando supuesta adición o aclaración de algo que en mi criterio está clarodesde un principio, por lo que yo reitero mi posición del que el asunto debe archivarse."

Expresa el Presidente, M.M.: "R. ustedes que inicialmentenosotros habíamos tenido por recibido un informe de don Francisco y habíamosdispuesto el archivo del expediente, Y fue a raíz de una petitoria que nos hizodon C.R. que le pedimos una ampliación que ahora pusimos en conocimiento de don C.R. y él nos solicita esta nueva aclaración."

Se procedió a recibir la correspondiente votación y por mayoría de dieciséisvotos, se dispuso: Desestimar la solicitud del licenciado L.Q. yordenar el archivo de las diligencias. En ese sentido, votaron los MagistradosMora, R., S., León, G., E., A., V., V., A., P., S., A., Cruz y los suplentes C. y A..

El M.C. votó por acoger la solicitud del licenciado L.Q..

ARTÍCULO III

Se tomó nota del informe del Presidente, M.M., acerca de lasrazones por las que las M.V. y Calzada, así como el M.V., se hallan ausentes en la sesión.

ARTÍCULO IV

ENTRA EL MAGISTRADO RAMÍREZ.

En sesión verificada el 20 de junio del presente año, artículo V, se tomó el acuerdo que en lo conducente dice:

"Expresa elPresidente, M.M.: "Hay una nota que nos envían don F.J. y H.M.B., P. y Vicepresidente del ConsejoMunicipal de San José, quienes hacen de conocimiento de esta Corte que en lasesión verificada por ese Consejo el 19 de abril de este año, se conocióde una renuncia que ellos habían presentado a sus cargos y que al momento deconocerse este tema ellos habían retirado la renuncia, se señaló por parte unaregidora municipal y un regidor, que estimaban que la renuncia era irrevocabley para dar fuerza a sus argumentos señalaron de que habían consultado con unosMagistrados y que los éstos les habían respondido que la carta no podría serretirada por ser irrevocable. Ellos se quejan de esa actuación y señalan que eneste caso estiman que si hubo una actuación de parte de alguno de nosotros eso resulta irregular y en razón de eso lo ponen en conocimiento de la Corte.

He tenido un problema en cuanto a como resolver este tema. Al final, heconcluido que muy probablemente deberíamos de pasárselo a conocimiento de unMagistrado suplente, el de mayor edad, para que lo analice, y si es del casoconvoque a una Corte de suplentes, porque en este caso no se hace referencia aninguno de nosotros y eventualmente estaríamos involucrados todos, pero megustaría más oír el criterio de ustedes a ver en qué forma podemos resolver este tema."

[.]

Recibida la votación correspondiente, por mayoría de quince votos, se dispuso:Previamente a resolver lo que corresponda, formular atenta instancia a laseñora Y.V.V. y a los señores R.C.R., F.D. y H.M.B., todos R. de laMunicipalidad de San José, para que dentro de tercero día se sirvan indicar a esta Corte, el nombre de la Magistrada o Magistrado al que ellos aluden."

En cumplimiento del anterior acuerdo, los señores J.D. y MéndezBarrientos, mediante nota # PM-326-05, del 26 del pasado mes de julio, manifiestan:

"[.]Nosotros somos las personas, que por nuestra condición antes citada,presentamos ante esa Corte la denuncia o queja, relacionada en el oficio queconsta en autos, razón por la cual no somos nosotros quienes podemos decir elnombre o los nombres del o los magistrados o magistradas, que según dijeron laregidora Y.V.V. y el regidor R.C.R., lesestaban asesorando telefónicamente, durante un asunto en discusión en el señor del Concejo Municipal de San José.

Como consta en autos, las palabras de los regidores V. y Coto, constan enel acta de la sesión aludida del Concejo Municipal de San José, que aportadacomo prueba y es a ellos dos a quienes corresponde responder con nombres el requerimiento jurisdiccional.

Queremoshacer contar en autos, que para los firmantes, este asunto es de importanciainstitucional, pues por la forma en que las palabras fueron pronunciadas porlos regidores V. y Coto, lo que quisieron fue ejercer influencia en elConcejo Municipal, aludiendo que era una figura tan importante, como la de un magistrado, quien les estaba dando la razón en su posición."

Por su parte la licenciada V.V. y el ingeniero Coto Rojas, en memorial del 27 julio último, indican:

"...En primer lugar queremospedirles disculpas, aunque sean ajenas- por utilizar su valioso tiempo enasuntos que acontecen dentro de una discusión política a lo interno del ConcejoMunicipal. Ciertamente el día 19 de abril del año en curso, se puso endiscusión la carta suscrita por los regidores F.J.D. yHeinerM.B., relativa a que presentaron la renuncia irrevocable alos cargos de P. y Vice-Presidente del Concejo Municipal y que en esemomento solicitaron que la dejaran sin efecto, por lo que de inmediato comoregidores responsables a fin de tener el conocimiento legal de tal decisión fueque se consultó con un abogado de nuestro Partido que fue Juez, actualmente pensionado.

Cuando nos correspondió el uso de la palabra, efectivamente nos opusimos a lopropuesto por J. y M., por cuanto la carta estaba firmada porellos y ese fue el consejo legal, pero debido al estado emotivo en quenos encontrábamos, porque la sesión fue demasiado reñida, en forma equivocadautilizamos el término "Magistrado" por el de "J.", sin hacer referencia anombre alguno, porque no tenemos el placer de conocer personalmente a ningunode los señores Magistrados y únicamente fue el uso equívoco de la palabra, sinsiquiera imaginarnos persona alguna. Además, en ningún momento se indicóque fuera de la Corte Suprema de Justicia o del Tribunal Supremo de Elecciones, sino fue en forma genérica.

Hacemos esta aclaración, porque lo que sucedió fue mencionar equivocadamente una palabra, la que lastimosamente fue utilizada para fines politiqueros.

Se adjunta una copia de la denuncia presentada en la Fiscalía de Trámite Rápidodel Ministerio Público, de fecha 26 de abril recién pasado, relativa a loshechos que sucedieron ese día, lo que denota que en la sesión sucedieron hechosque tienen que ser investigados y que la simple equivocación de una palabraquiere ser utilizada para otros fines. Finalmente lo que nos preocupa a losregidores...

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