Acta nº 02-2009 de Consejo Superior, 31 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009
EmisorConsejo Superior

Nº 31-09

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-

S.J., a las ocho horas del treinta y uno de marzo del dos mil nueve.

Sesión ordinaria con asistencia del Magistrado Mora,P.; de las licenciadas M.C.A. y L.C.C.,el licenciado M.M.F. y la suplente licenciada A.C.V. en plaza vacante. Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULO I

Se aprueba el acta de la sesión número 25-09 celebrada el 17 de marzo del 2009.

ARTÍCULO II

Con motivo del sentido fallecimiento del señor J.Á.Á.S.,padre de la señora A.Á.S., Auxiliar Judicial del TribunalContencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José, seacuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a doña A. y a su estimable familia.

ARTÍCULO III

En razón del sentido fallecimiento de la señora D.M.R., abuelamaterna de la servidora A.C.M.V., Secretaria de la DefensaPública del Segundo Circuito Judicial de San José, se acuerda expresar lascondolencias de la Corte Plena y de este Consejo a doña A.C. y a su estimable familia.

ARTÍCULO IV

Con ocasión del sentido fallecimiento de la señora S.A.S., abuelamaterna del máster R.O.S., Juez Coordinador del Tribunal deTurrialba, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a don R. y a su estimable familia.

ARTÍCULO V

En sesión N° 25-00 de 28 de marzo de 2000, artículo LXIV, seautorizó a la licenciada E.B.R., Jueza de Tránsito del PrimerCircuito Judicial de San José, para que a partir del 3 de abril de ese año, realizaralas funciones del licenciado D.H.S., juez de ese mismo despacho, con motivo del problema de salud que doña E. presentaba.

Posteriormente, en sesión N° 80-07 celebrada el25 de octubre del 2007, artículo LIX, se comunicó al Consejo de Jueces delJuzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, que como medidamomentánea, en tanto se resolvía el problema de espacio físico de ese despacho,la licenciada E.B.R., se mantendría en su oficina ubicada enel tercer piso y en el ejercicio de sus funciones de Juez de Turno, cada vezque tuviera que atender público o un requerimiento propio del cargo, sedesplazaría a la primera planta. Lo anterior sin perjuicio de que pudieranencontrar nuevas formas de organización del trabajo que considerara tanto losmotivos de salud de la licenciada B. cuanto los requerimientos del buen servicio público del despacho.

Finalmente, en sesión N° 19-09 de 3 de marzo en curso, artículoLXIV, se modificó el acuerdo anterior, en el sentido que la licenciadaEugenia B.R., en el ejercicio de sus funciones de juez de turno,debería instalarse en el primer piso, para atender debidamente a los usuarios yfirmar oportunamente las resoluciones. Lo anterior en aras de mejorar elservicio público y de evitar el constante desplazamiento de los servidores del despacho de un piso a otro.

La licenciada E.B.R., LLM, en su citada condición, en escrito recibido el 24 de los corrientes, presentó la siguiente reconsideración:

"Con el debido respeto, en tiempo y forma me presento ante ustedespara solicitarles reconsideración del articulo LXIV tomado en sesión del díatres de marzo del presente año por ese Honorable Consejo, en base a lo siguiente.

1. Después de un estudio del Departamento de Planificación del año2006, se determinó que los seis jueces en propiedad de este Despacho debíanrealizar funciones de Juez de Turno, por no existir plazas disponibles, en períodos de quince días.

2. En consecuencia cumplí con dicho requerimiento durante casi todoel año 2007, hasta que en octubre de ese año, por problemas crónicos derhinofarintigis mixta - según dictamen de CCSS- Clínica C.D. el cualrecomienda evitar ambientes fríos, húmedos y ventosos - así como de problemasen cervicales que implica uso de equipo ergonómico- Artículo LXIV del Acta delConsejo Superior No. 025-00 del 28 de marzo del 2000-, solicité a laCoordinación y Administración del Despacho laborar el período que mecorresponde como Juez de Turno en la oficina del tercer piso porque la delprimer piso ofrece un ambiente frió y húmedo, y por ello los problemas mi saludaumentaban. En esa oficina la pared este no hace unión completa con la parednorte sino que la misma termina con una abertura para una puerta secundaria demetal que no cierra por completo por ser corrediza que al no hacer cierrehermético permite la entrada de aire lo que lo convierte en un lugar frío y alser una puerta de salida hacia la pila de lavar, el patio y parqueo deledificio crea un ambiente húmedo sobre todo en épocas de invierno, ventosas o lluviosas; aunado a ello el espacio no posee equipo ergonómico.

Pero debido a su oposición sin fundamentación, solicité ante Ustedes ese permiso, a lo que se accedió y claramente se señaló en el acuerdo.

3. Así, durante los dos primeros trimestres del año 2008, realicé mifunción desde la oficina asignada, siendo entonces el acuerdo respetado en sutotalidad por jueces y escribientes, y en consecuencia las entregas las firmabaen mi oficina y atendía los asuntos que ameritaban y la completa atención de usuarios en el primer piso.

4. Durante los dos últimos trimestres del año 2008, la labor de Juezde Turno fue realizada por Jueces Supernumerarios y debido al movimiento depersonal de apoyo, en el último trimestre de ese año y a inicios de este ingresaron nuevos auxiliares que no conocían el acuerdo.

5. Este año nuevamente los jueces retomamos el rol y se me asignócomo primer período de función de Juez de Turno del 16 al 27 de febrero, y ellolo cumplí conforme al acuerdo. Sin embargo, casi al final de mi período endicha función, el Administrador me llamó y me preguntó si estaba bajando alprimer piso, por lo que asombrada y amparada por el acuerdo firme antesmencionado, respondí que las funciones que me correspondían se cumplían acabalidad como siempre lo he hecho y como indiqué arriba. Como él me manifestóque era mi interpretación no bajar a firmar, llamé a la Secretaria General dela Corte y pregunté si el acuerdo era firme y claro en que podía quedarme en mioficina y se me indicó que si era claro, por lo que así lo indique al señor M..

6. Quiero dejar claro que en ningún momento se me indicó ningunainconformidad sobre lo anterior por parte del personal auxiliar de entregas-conformado por cuatro y a veces cinco jóvenes -que laboró durante mi función como Juez de Turno en este último período.

7. Según el informe adjunto sobre la cantidad de órdenes de entregadurante el período dicho, se entregaron un promedio de 127 órdenes efectivas endiez días hábiles, lo que implicaría entonces, un promedio de trece entregasdiarias para el total de esas cuatro personas; es decir que en lo general cadaescribiente subió cuatro veces al día hacia mi oficina. Si bien existió unoperativo policial, la carga fue precisamente de uno o dos días y por lógica enotros días la carga disminuiría. Quiero dejar claro que ni H.C., ElmerMuñoz o M.M. subieron a mi oficina para realizar entregas, y siexistió colaboración de algún otro auxiliar ello se debe a que en esteDespacho, si hay incremento de trabajo en alguna sección sobre todo en laatención del público, el resto de auxiliares debe ayudar. Y es importante quese tome nota que los seis prosecretarios que asisten a los jueces se desplazana los tres pisos diariamente y en varias oportunidades y nunca se han quejado, como tampoco han presentado problema otros auxiliares.

8. El acuerdo del dos mil siete tiene una base conforme y que no hacambiado por ser crónico como se demuestra con el nuevo dictamen que presentaré en la fecha que indica la solicitud.

9. Deseo agregar que en la función de Juez de Turno no solo secumple con las firmas de entregas sino con las firmas de levantamientos quesolicitan por teléfono o en ventanilla, se realizan sustituciones necesarias dejueces y sus audiencias, cualquier otra gestión necesaria, las cualesnecesariamente hace que me desplace a otros pisos sobre todo para atender elpúblico. Además de lo anterior durante ese tiempo no se pierde la calidad deJuez de la letra que se preside en cuanto a tramitación, firma y fallo de expedientes.

Y si bien para cualquier persona realizar las funciones en esaoficina no sería problema pues cuenta con muebles y un librero que se pone enfrente de esa puerta, el mismo no evita el problema de frío y humedad que ahíse presenta y que me afecta pues mi salud lo resiente; señalando por elcontrario que la oficina que he ocupado desde hace casi ocho años en el tercer piso tiene un ventanal que recibe luz solar.

No he cometido ninguna falta ni tampoco he solicitado dejar delaborar en las funciones que me corresponden o soliciten, y habiendo cumplidoya funciones de Juez de Turno desde mi oficina sin que hubiera oposición y queel trabajo en ningún momento ha desmejorado, no podría hablarse tampoco de falta de consenso como se les indicó.

Por todo lo anterior es que solicito la reconsideración de suacuerdo y que el mismo se mantenga como se indicó en la sesión de octubre de 2007 y que fue respetado por este Despacho según se indicó."

Por mayoría, se acordó: 1.) Denegar el recurso dereconsideración interpuesto por la licenciada E.B.R., enconsecuenciamantener lo resuelto en la sesiónN° 19-09 del 3 de marzo en curso, artículo LXIV, en que se dispuso laobligación de doña E. de ubicarse en el primer piso durante los lapsos enque le corresponda realizar funciones de Jueza de Turno. 2.) En cuantoal ambiente frío y húmedo que presenta la oficina del primer piso, según loacota la licenciada B.R., se solicita al licenciado Minor MendozaCascante, Administrador del despacho, que proceda a adoptar las medidas que correspondan para mejorar la condición del lugar.

El I.M.F. votó porque previamente a resolverlo que corresponda, la Unidad de Salud Ocupacional brinde un informe en elplazo de tres días después de notificado este acuerdo, en el que valore lascondiciones físicas de la oficina ubicada en el primer piso del Juzgado deTránsito del Primer Circuito...

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