Acta nº 7227-2012 de Consejo Superior, 17 de Julio de 2012

Fecha de Resolución17 de Julio de 2012
EmisorConsejo Superior

Nº 65-12

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J.,a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil doce.

Sesión ordinaria con asistenciade la V., M.V., quien sustituye en este acto alPresidente, Magistrado Mora, de la licenciada M.C.A., la doctora L.C.C., los licenciados M.M.A. y A.L.M.A.. Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULO I

DOCUMENTO 7468-12

Se aprueba el acta N° 61-12 de la sesión celebrada 26 de junio del año en curso.

También se aprueba la separata de la sesión Nº 64-12 celebrada el 5 de julio en curso, artículo XCVIII.

La V.V. abstiene de votar por no haber participado en las citadas sesiones.

ARTÍCULO II

DOCUMENTO Nº 7201-12

Con motivo del sentido fallecimiento del señor B.B.M., padre de M.Á.O., técnica judicial de la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, se acuerda expresar a doña M. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo.

ARTÍCULO III

DOCUMENTO Nº 7268-12

En razón del sentido fallecimiento de la señora A.D.F., hermana del licenciado M.A.D.F., juezcoordinador del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Turrialba, se acuerda expresar a don M. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo.

ARTÍCULO IV

Documento N° 7227-2012

Ante el sentido fallecimiento del señor A.M.M., Padre de la licenciada X.M.C., Jueza del Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica y abuelo materno de la servidora C.C.M., Técnica Judicial del Juzgado Contravencional de Siquirres, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a las citadas servidoras y a sus estimables familias.

ARTÍCULO V

Documento N° 7202-2012

Con motivo del sentido fallecimiento de la señora O.N.S., Abuela paterna de la servidora K.C.S., Secretaria de la Defensa Pública de San José, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a doña K. y a su estimable familia.

ARTÍCULO VI

DOCUMENTO Nº 7285-12

El licenciado W.K.A., Jefeinterino del Departamento de Proveeduría, en oficio N° 6421-DP/02-12 del 2 de julio en curso, presenta la siguiente gestión:

"En relación con la Licitación Abreviada N° 2012LA-000017-PROV "Contratación de servicios de alimentaciónpara los privados de libertad que permanecen en las celdas del O.I.J. deCartago", seremite a usted la documentación adjunta, con elruego de que sea sometida a conocimiento de los miembros del Consejo Superior para lo que consideren conveniente resolver.

El plazo dispuesto para el vencimiento para adjudicar deconformidad con el artículo 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y la cláusula 7.1.14 del cartel, quedó definido para el día 7 de agosto del 2012.

Conforme lo disponen los artículos 42 bis de la Ley de Contratación Administrativa y 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se determina que:

Oferta recibida en el presente concurso:

Para este concurso se recibió una única oferta correspondiente a:

1)S.R.P., cédula de identidad N° 3-0264-0841.

ANÁLISIS DE LAS OFERTAS:

A la Sección de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva, se le solicitó el análisis legal de la oferta presentada, medianteoficio N° 5796-DP/02-12 de fecha 12 de junio del año en curso, en el cual en lo conducente se indicó:

"A efecto de que se proceda con el estudio legal de la oferta recibida en la Licitación Abreviada Nº 2012LA-000017-PROV, denominada"Contrataciónde servicios de alimentación para los privados de libertad que deben permaneceren las celdas del O.I.J. de Cartago", adjunto el correspondiente expediente administrativo.

Asimismo, sin perjuicio del estudioque se realice por parte de ese Despacho, en donde se determine tanto laadmisibilidad de las ofertas como cuales defectos u omisiones son subsanables,producto de la revisión inicial de los documentos aportados, esta Proveeduría ha advertido lo siguiente:

N° 1:S.R.P., cédula de identidad 0-000-000

1) No se indica el plazo de vigencia de la oferta.

2) De acuerdo con las cláusulas7.1.15 a), el oferente a folio 88 presenta la declaración de encontrarse al díacon los impuestos nacionales, no obstante, omitió presentar la declaración jurada de encontrase al día con los impuestos municipales.

3) El oferente no aparece inscritocomo patrono, a folio 92, no obstante, aparece como asegurado voluntario a folio 83.

4) De acuerdo a las cláusulas7.1.15 incisos e) y f), en donde se solicita aportar las declaraciones juradasde no encontrarse afecto por la incompatibilidad del artículo 18, Ley 8422 ydeclaración de no ser inhabilitado para contratar con el Sector Público respectivamente, el oferente omite aportar dichas declaraciones.

No omito indicar que mediante correo electrónico defecha 11 de junio en curso, la MBA. P.O.M., Administradora Regional de Cartago, brinda el informe técnico respectivo, de la única oferta recibida a concurso, folio 97."

ANÁLISIS LEGAL:

Mediante oficio N° 1722-DE/AL-12 recibido el19 de junio del año en curso, la Licda. A.P.Á.M., J. de la Sección de Asesoría Legal, con el visto bueno de la MBA. A.E.R.J., Directora Ejecutiva a.i., al referirse al estudio legal de las ofertas recibidas, señaló:

"En respuesta al oficio N° 5796-DP/02-12 de 12 de junio delaño en curso, suscrito por la licenciada N.F.A., Jefa del Subproceso de Licitaciones de ese departamento,requiriendo el análisis legal de la propuesta de S.R.P., recibidaen la Licitación Abreviada N° 2012LA-000017-PROV, cuyo objeto es la "Contratación de servicios de alimentación para los privados de libertad que deben permaneceren las celdas del O.l.J. de Cartago"; me permito referirle que por tratarse deun procedimiento en el que participa un único oferente, en principio debenaplicarse los reiterados criterios de esta Asesoría, en cuanto a la posibilidadde solicitarle que aporte cualquier dato o documento omitidos para valorar su propuesta, y si es del caso, se ajuste a los requerimientos cartelarios.

En esos términos, respecto a las observaciones de eseDepartamento, en cuanto a la omisión de la oferente de referirse al plazo devigencia de la oferta, conforme al artículo 66 párrafo segundo del Reglamento ala Ley de Contratación Administrativa, debe entenderse que se adhiere al plazode 60 días hábiles señalado en la cláusula 7.1.13 del cartel. La declaración deque se encuentra al día con los impuestos municipales y las declaracionesjuradas requeridas en las cláusulas 7.1.15 incisos e) y f) del pliego decondiciones, son subsanables mediante prevención según el artículo 81 delReglamento de la materia. En cuanto a que no aparece inscrito como patrono antela Caja, sino que cotiza como trabajadora independiente, debe solicitársele que aclare sino tiene trabajadores a cargo para brindar el servicio.

En ese sentido, como lo refieren esos criterios, laigualdad de trato cede ante los principios de eficacia y eficiencia, al noconcurrir más participantes; de ahí que al procurar la adjudicación delnegocio, se protegería la satisfacción del interés general y el cumplimiento delos fines y cometidos de la Administración, siempre y cuando una vez cumplido lo anterior, previamente se verifique la idoneidad técnica de ese único oferente y la razonabilidad del precio que cotiza, según los parámetros del articulo 30 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Se advierte que los aspectos técnicos deben ser revisados por el órgano técnico que corresponda."

ANÁLISIS TÉCNICO:

Mediante correo electrónico de fecha11 de junio del 2012, la MBA. P.O.M., Administradora Regional deCartago, remite criterio técnico respecto a la oferta recibida, para lo cual indicó:

"Con respecto al oficio 5714-DP/02-12, defecha 8-6-2012, en el que se remiteun ejemplar del pliego de condiciones del procedimiento de contratación de LicitaciónAbreviada número 2012LA-000017-PROV, denominado "Contratación de servicios dealimentación para los privados de libertad que deben permanecer en las celdasdel O.I.J. de Cartago" y se solicita se verifiqueel ajuste y fiel cumplimiento de la oferta a los requerimientos establecidos enel cartel de la contratación en referencia, así como que se refiera, medianteel correspondiente estudio técnico, a las razones con base en las cuales seconcluye que el precio ofertado se estima aceptable, según lo estipulado en elartículo 30 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, indicandoexpresamente el por qué no resulta ruinoso o excesivo si así se considera, me permito indicar lo siguiente:

1- La oferta hace referencia solo a algunos aspectos delcartel, tales como precio, menú y datos personales de la persona que brindará el servicio.

2- En cuanto al producto que ofrece, se ajusta a losolicitado en el cartel, salvo la nota que se presenta en la Opción de menú N. 3 donde se omitió que "los alimentos que lo requieran no se deben preparar con azúcar, sino utilizar un sustituto".

3- Sobre el precio, se considera adecuado ya que se ajustaa los precios de mercado de la zona de Cartago, para este tipo de menú, no siendo ni excesivos ni ruinosos."

PREVENCIONES:

De acuerdo con el estudiode la oferta por parte de Asesoría Legal y técnico, se remitió la prevencióncorrespondiente al oferente para que subsanara los aspectos omitidos en la oferta, por lo que la misma fue atendida en tiempo y forma.

ANÁLISIS DEL PRECIO:

En cuanto a la razonabilidad del precio ofertado, se tieneque mediante criterio brindado por la MBA. P.O.M., Administradora Regional de Cartago en correo electrónico de fecha 11de junio del 2012, el precio se considera adecuado ya que se ajusta a losprecios de mercado de la zona de Cartago, para este tipo de menú, no siendo ni excesivos ni ruinosos, el estudio de mercado se encuentra visible a folio 116.

ANÁLISIS Y VALORACIÓN:

Luego de haber obtenido losestudios de carácter legal y técnico detallados en los puntos...

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