Acta nº 14259-1214 de Consejo Superior, 10 de Enero de 2013

Fecha de Resolución10 de Enero de 2013
EmisorConsejo Superior

Nº 02-13

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J.,a las ocho horas del diez de enero del dos mil trece.

Sesión ordinaria con asistenciade la M.V., P. en ejercicio, de la doctora L.C.C., los licenciados M.M.A., A.L.M.A. y elsuplente licenciado R.M., en sustitución de la licenciada M.C.A. por incapacidad.Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULO I

DOCUMENTO 59-13

SALE EL INTEGRANTE MARIO MENA AYALES, ENTRA EL INTEGRANTE SUPLENTE J.S.L.

Se aprueba el acta N° 108-12 de la sesión celebrada el 13 de diciembre del 2012.

También se aprueban lasseparatas de la sesión Nº 110-12 del 20 de diciembre del 2012, artículos LXXII,CXVII, CXXV y CXXVI, así como la separata de la sesión Nº 01-13 celebrada el 8 de enero del año en curso, artículo LIII.

La Magistrada Villanueva seabstiene de aprobar el acta y las separatas de la sesión Nº 110-12 del 20 de diciembre del2012, artículos LXXII, CXVII, CXXV y CXXVI por no haber participado en las citadas sesiones.

La Integrante C.C. se abstiene de aprobar las separatas de la sesión Nº 110-12 del 20 de diciembre del2012, artículos LXXII, CXVII, CXXV y CXXVI por no haber participado en la citada sesión.

SALE EL INTEGRANTE SUPLENTE SALON LÓPEZ , ENTRA EL INTEGRANTE MENA AYALES .

ARTÍCULO II

Documento 5599-12, 14259-12

En sesión N° 54-12 celebrada el 31 de mayo del 2012, artículo XXIX, se dispuso lo siguiente:

"Con base en las recomendaciones del Consejo de la Judicatura y el análisis de los estamentos de las Juezas y de los Jueces propuestos pararealizar nombramientos de suplentes en las categorías de juez 1 y 5; y a loestablecido en el artículo 55 del Reglamento de Carrera Judicial, se acordó:Designar a las siguientes juezas y jueces suplentes en las categorías de juez 1 y 5, de los despachos judiciales que se dirán:

1.) Tribunal Primer Civil

A.P.M.M.N.P.M.H.Y.M.J.

2.) Juzgado Civil de Menor Cuantía de H.B.A.S.S.A.L.D.R.A.P.M.M.N.P.M.G.A.R.R.G.M.C.S.

3.) Juzgado Civil de Menor Cuantía de P.B.A.S.S.K.M.Q.B.J.H.R.S.M.M.P.R.C.E.Q.J.

4.) Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica

G.A.R.R.R.G.C.H.M.M.P.R.A.L.G.G.D.M.F.J.G.C.S.S.

5.) Juzgado Civil de Menor Cuantía y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz)

G.A.R.R.J.L.M.A.M.S.A.C.A.M.C.E.G.L.S.M.G.C.S.S.

6.) Tribunal de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José

Floricel Oviedo Miranda

G.A.G.C.S.Y.T.S.

7.) Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de H.G.A.G.C.Y.A.T.Á.A.L.D.R.A.P.M.M.G.M.C.S.

8.) Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de P.N.S.V.M.K.M.Q.B.M.M.P.R.

9.) Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de G.N.S.V.M.J.L.M.I.C.V.C.A.F.Z.S.

10.) Tribunal de C.N.P.M.G.M.C.S.

11.) Tribunal de P.N.S.V.M.L.A.U.G.

12.) Tribunal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur

I.C.V.C.C.E.G.L.G.M.C.J.Z.R.

13.) Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica

M.M.P.R.A.F.Z.S.M.S.S.L.A.U.G.V.M.A.M.

14.) Tribunal del Primer Circuito Judicial de G.A.C.A.M.B.Q.A.

15.) Juzgado Contravencional del Tercer Circuito Judicial de San José

Yanin Argerie Torrentes Ávila

Illiana M.L.C.N.E.D.O.

16.) Juzgado de Tránsito de P.C.F.S.S.S.P.Q.A.A.L.S.M.

17.) Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur

D.S.M.J.H.R.S.A.L.G.G.C.E.Z.P.C.E.G.L.G.M.B.L.A.U.G.V.M.A.M.W.G.M.G.

18.) Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Buenos Aires

Jeim H.R.S.A.O.P.J.P.M.A.B.J.J.V.V.M.A.M.G.C.S.S.

19.) Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica

R.G.C.H.N.V.C.M.R. de J.S.A.W.G.M.G.

20.) Juzgado Contravencional y Pensiones Alimentarias del Primer Circuito Judicial de G.J.P.M.A.A.F.M.G.M.B.D.A.B.Z.

21.) Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de A.I.C.V.C.A.F.Z.S.A.M.S.S.E.O.Á.

22.) Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de C.S.M.A.L.G.G.B.Q.A.G.A.R.R.C.E.Z.P.C.M.J.R.H.J.C.L.F.R.P.

23.) Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de T.N.V.C.M.S.E.O.Á.

Los anteriores nombramientos rigen por un plazo de cuatro años a partir de la fecha de la sesión.

Con respecto a los licenciados y licenciadas D.A.H.A., M.M.F.M., M.A.B.R., O.A.R., P.S.G.P., H.L.M., G.C.A., G.M.M.B., V.G.A., M.P.M.N., F.C.F., M.O.C., sus nombramientos no se aprueban hasta tanto no aclaren sus situaciones en las causas disciplinarias que tienen pendientes.

El Despacho de la Presidencia, los juzgados involucrados, así como el Departamento de Personal y la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, tomarán nota para lo que a cada uno corresponda."

En correo electrónico recibido el 21 dediciembre del 2012, el licenciado P.S.G.P., presenta la siguiente gestión:

"Mediante el presente documento les manifiesto mis mejoresmuestras de consideración, al propio tiempo interpongo formal recurso dereconsideración, en contra del contenido del acuerdo adoptado por el honorableConsejo Superior, articulo 29 de sesión 31 de mayo del 2012, Documento N° 5599-12 todo cual hago con apoyo en las siguientes consideraciones::

Al suscrito se no le notifico de ninguna manera, por partede la Secretaria General de la Corte, ni de instancia alguna, el contenido delOficio 5617-12, mediante el cual se insertaba parte del acuerdo tomado por esehonorable Consejo Superior del 31 de mayo del 2012, A.X., que en loque interesa al suscrito, se suspendía la aprobación del nombramiento como juezsuplente solicitado, hasta tanto no se realizara la aclaración requerida, y queliteralmente reza "..Con respecto a los licenciados y licenciadas. ..P.G.P., ..sus nombramientos (textualmente viene refiriéndose avarias personas) no se aprueban hasta tanto no aclaren sus situaciones en lascausas disciplinarias que tienen pendientes. ..", (lo encerrado en paréntesis no es del original).

Esa omisión me impidió referirme a la aclaración requerida por el Consejo, de manera contemporánea al referido acuerdo.

Sin embargo, siempre he mantenido un redoblado interés, enla propuesta de nombramiento como juez suplente, y por ese motivo, y extrañadopor el silencio, en relación al tema, es que el 14 de este mes, me comuniquevía telefónica con la Sección Administrativa de Carrera Judicial, y ahí me informaron sobre el contenido, que se relaciona con el suscrito, del Acuerdo del Consejo Superior, Articulo 29, inicialmente citado.

Ese requerimiento me llamo poderosamente la atención, porcuanto, considero, respetuosamente, que a lo que se refiere el honorableConsejo Superior en el acuerdo con: "situaciones en las causas disciplinariaspendientes" son las mismas que en su oportunidad aclaré, tan pronto como mefueron informadas, por al Sección Administrativa de la Carrera Judicial, a requerimiento del Consejo de la Judicatura, mediante correo electrónico que envié a la referida Sección Administrativa, 13 de abril del presente año-me confirmaron el recibo-, un mes antes de que el Consejo Superior tomara, enla parte que interesa, el acuerdo en cuestión, en sesión del 31 de mayo de esteaño, o sea, el suscrito ya había aclarado, explicado, y acreditado sin lugar adudas, las situaciones que se me pidieron aclarar, en torno a la informaciónenviada por el Ministerio Publico, por lo que transcribo nuevamente, en estaoportunidad, el correo enviado a la referida dependencia, el cual hice de la siguiente manera:

"En relación con el requerimiento que se me formularelacionado al Concurso CJS-01-2011, para integrar listas de jueces suplentescategoría 1, y dentro del plazo al efecto concedido, paso a referirme alinforme suministrado por el Ministerio Publico, que señala la existencia de tres causas, todo lo cual hago en los siguientes términos:

A.-

En relación a la causa # 04-000976-0042-PE:Me permito explicar que elsuscrito obtuvo un dispositivo de estructura plástica o fibra (que parece unarma de fuego), que por su naturaleza se acciona con aire comprimido y utilizabalines como munición, (las cuales se pueden adquirir en tiendas, y simulan unade calibre 25, según especificaciones del vendedor).Contemporáneamente a la fecha de la causa en relación, en forma involuntaria yestando en mi casa, dicho artefacto accidentalmente se me cae al piso y seacciona disparándose un perdigón o balín, el cual penetro entre los dedospequeños de mi pie derecho, ameritando más por el susto, que por la lesión,atención médica. Ahora bien, los funcionarios del hospital, en atención alprotocolo interno informaron al O.I.J. del hecho, con base en esa informaciónlos agentes del organismo se apersonan al nosocomio, realizan las diligenciaspertinentes, e informan de las mismas al Ministerio Publico. Ese órgano(M.P.) considero que esos hechos no constituyen delito alguno ni conductatípica que sancionar por lo que solicitan al Juzgado Penal la correspondientedesestimación de la causa, solicitud esa que SE ACOGIO y ORDENO DESESTIMAR por lo que se dispuso el archivo de la causa desde el 18/08/2004.

B.-

En relación a las causas:

1°.-

# 05-600674-607-TC: Despacho Juzgado de Transito de Puntarenas, y

2°.-

# 05-000609-061-PE: Despacho Juzgado Penal de Puntarenas

La1°.-

causa, por economía procesal, se acumuló en la 2°.- causa.Sin precisar la fecha exacta pero en el año 2005, elsuscrito se vio involucrado en un hecho de tránsito, en el cual, aparte dedaños materiales producidos en los vehículos (automotor vs. bicicleta), sedieron lesiones de tipo culposo, y como suele suceder en casos, como elenunciado, el suscrito figuro como coimputado.En la causa:# 05-000609-061-PE, (a la cual se acumuló por economía procesal la causa:# 05-600674-607-TC para su conocimiento), se llegó un Acuerdo Conciliatorio, elcual fue homologado por el Juzgado Penal, que conocía de la causa, de esa formase dictó Sentencia de Sobreseimiento Definitivo, y se archivó en forma definitiva el expediente, desde el 08 /03/2006.

Para acreditar mi dicho aporto certificaciones extendidaspor los respectivos Despachos Judiciales que conocieron los asuntos . Como se puede apreciar en ninguna de esas causas se me atribuyeron ilícitos de tipo doloso.

Quedo a sus órdenes para...

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