Sentencia nº 00037 de Sala 3ª de la Corte Suprema de Justicia, de 11 de Enero de 1991

PonenteNo consta
Fecha de Resolución11 de Enero de 1991
EmisorSala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia90-000779-0006-PE
TipoInterlocutorio
Clase de AsuntoConflicto de competencia

SALATERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

S.J., a lasnueve horas del once de enero de mil novecientos noventa y uno.-

Visto el incidente de competencia suscitado entre los Tribunales Superiores Penales de: Alajuela, Sección A, y el de Heredia, con motivo de la gestión hecha en el presente proceso seguido contra A.G.C., por homicidio culposo, en daño de J.M.T.B.; y,

Considerando:

Esta Sala hace suyas las razones expuestas por el Tribunal Superior de H. y sin necesidad de adicionarlas se dispone que debe conocer de la gestión hecha por A.G.C. (folio 206) el Tribunal Superior de Alajuela, Sección A.

Portanto:

R. el expediente al Tribunal Superior de Alajuela, Sección A, competente para resolver la gestión hecha a folio 206. C. lo resuelto al Tribunal disidente.

JesúsAlb. Ramírez Q.

Presidente

Mario Alb. Houed V.Daniel González A.

Alfonso Chaves R.Rodrigo Castro M.

Juande Dios Piedra D.

Secretarioa.í

779-90 (jr)MsDos

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