Sentencia nº 00741 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 8 de Febrero de 1995

PonenteEduardo Sancho González
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 1995
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia95-000148-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

Exp. 0148-E-95 No. 0741-95

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las catorce horas cincuenta y siete minutos del ocho de febrero de mil novecientos noventa y cinco.-

Recurso de amparo interpuesto por W.A.R., cédula de identidad número 0-000-000; contra el Servicio Nacional de Electricidad.-

RESULTANDO:

  1. - En lo que interesa, expresa el recurrente que "PRIMERO: A. copia de la nota que con fecha 15 del mes de diciembre de 1994, remití al Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Electricidad, en donde le pedí información sobre los precios del gas. HASTA EL MOMENTO NO HE RECIBIDO CONTESTACION. Esta clase de información, no es secreto de Estado. SEGUNDO: Se está violando el artículo 27 de la Constitución Política, ya que tengo derecho a recibir información de la oficina administrativa. TERCERO: De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, presento formal recurso de amparo, contra el citado señor" (sic).-

  2. - El accionado contestó negativamente y en lo esencial dijo que, "La solicitud fue recibida vía fax por la Dirección del SNE el día 15 de diciembre de 1994", y que, "El Departamento Técnico remite la información solicitada al Lic. W.A.R. con el oficio No.122-DT-95 del 13 de enero de 1995. El cual se le remite al fax que dejó señalado N°225-9647 a las 15:40 horas (ver reporte del fax del 13-1-95) e inmediatamente se le envía por correo. Como su autoridad podrá observar el trámite se realizó en menos de un mes a partir del recibo del fax en la Dirección del SNE, solicitud que nunca fue legalizada posteriormente presentado el documento original" (sic).-

  3. - Mediante escrito recibido en este Tribunal el primero de febrero del año en curso, el promovente solicita que, "habiendo recibido la información del Servicio Nacional de Electricidad, se archive la tramitación del recurso de amparo" (sic).-

  4. - En el proceso se han observado las prescripciones de ley.-

Redacta el Magistrado S.G.; y,

CONSIDERANDO:

UNICO.- El auto de emplazamiento del amparo fue notificado a la Administración, el veintiséis de enero de 1995. Por su parte, el accionado dijo bajo juramento, que respondió al administrado el día 13 de ese mes de enero. En consecuencia, dado que la contestación se produjo antes de la notificación de ese auto, lo procedente es, como lo solicita el accionante, archivar el amparo.---

POR TANTO:

  1. el expediente.

R.E.Piza E.

Presidente a.i.

Jorge E. Castro B. Eduardo Sancho G.

Ana Virginia Calzada M. Manuel E. Rodríguez E.

Hernando Arias G. Alejandro Rodríguez V.

Fapomo*d7

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