Sentencia nº 00052 de Sala 3ª de la Corte Suprema de Justicia, de 26 de Mayo de 1995

PonenteNo consta
Fecha de Resolución26 de Mayo de 1995
EmisorSala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia95-000282-0006-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de queja

Resolución 052-A-95SALA TERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

S.J., a las diez horas del veintiséis de mayo de mil novecientos noventa y cinco.-

Visto el Recurso de Queja interpuesto por el Lic. Marco V.S.E. contra el auto dictado por el Tribunal Superior Segundo Penal, Sección Segunda a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril del año en curso, en la causa contra G.M.P. por los delitos de HOMICIDIO CULPOSO Y OTRO en perjuicio de A.L.U.P. Y OTROS; Y,

CONSIDERANDO:

UNICO.- El Lic. Marco V.S.E. formula ante esta Sala recurso de queja contra el auto de las 15:45 hrs. del 25 de abril de 1995 dictado por el Tribunal Superior Segundo Penal, Sección Segunda, que declaró inadmisible el rcurso de "ampliación, revisión y subsidiario de apelación " ( sic. f. 392 fte. y vto.) ante la denegatoria de la solicitud para que se "rehabilitara" al imputado G.M.P. en la conducción de vehículos ( ver recurso a fs. 389 y 390; y la res. de mérito a f. 391 fte.). Sin embargo la queja debe ser desestimada, pues efectivamente la resolución que se impugna ante el a quo, carece de los pretendidos recursos y no se está en el supuesto previsto en el artículo 486 del Código Procesal Penal.

POR TANTO

Se declara sin lugar el presente recurso de queja.-

Daniel González A.

Jesús Ramírez Q. Mario A. Houed V.

Alfonso Chaves R. Joaquín Vargas G.

Magistrado Suplente

dig.imp.rbr

Exp.N° 282-2-95

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