Sentencia nº 08371 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 2 de Noviembre de 1999

PonenteCarlos Manuel Arguedas Ramírez
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 1999
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia99-007042-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

Res:1999-08371

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las dieciséis horas con cuarenta y ocho minutos del dos de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.-

Recurso de amparo de LUIS BARRANTESGOODWIN contra el SUBDIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACION JUDICIAL.

Resultando:

  1. -

    En escrito presentado a las ocho horas veintiún minutos del primero de octubre de mil novecientos noventa y nueve, el recurrente interpone este recurso indicando que labora en forma interina en el puesto de auxiliar 1 en la Delegación del Organismo de Investigación Judicial de Heredia; que el once de agosto del año en curso se comunicó a la oficina de asuntos internos que en su contra se está realizando una investigación administrativa respecto a hechos que se le atribuyen; que como consecuencia de esa investigación se le suspendió en su cargo con goce de salario durante los meses de agosto y setiembre del año en curso; que el primero de octubre se le comunicó que se prescindía de sus servicios conforme una aplicación de los estudios de antecedentes realizado por dos oficiales del Organismo de Investigación Judicial; que el cese de labores resulta arbitrario y contrario a derecho, pues el procedimiento administrativo no ha concluido.

  2. -

    En resolución de las dieciséis horas un minuto del primero de octubre de mil novecientos noventa y nueve, se solicitó informe a la autoridad recurrida sobre los hechos alegados.

  3. -

    En memorial presentado a las quince horas cincuenta y dos minutos del seis de octubre de mil novecientos noventa y nueve, el Subdirector del Organismo de Investigación Judicial informa que el amparado fue nombrado en forma interina como investigador en la Delegación Regional de Heredia; que el veintinueve de julio del año en curso se recibió informe policial que daba cuenta que el amparado tiene una denuncia por estafa mediante cheque; que con base en esa información se solicitó a la Presidencia de la Corte proceder a la suspensión preventiva del promovente, la que se hizo efectiva a partir del 30 de julio y luego se prorrogó al 30 de setiembre del año pasado, conforme consta en los acuerdos tomados por el Consejo Superior del Poder Judicial; que el 29 de setiembre del presente año se tuvo el estudio de antecedentes y se detalló que tiene otra causa por hurto simple, en la que había llegado a una conciliación con la ofendida; que ante esa situación se consideró inconveniente mantener la relación laboral, por lo que se dispuso prescindir de sus servicios a partir del 1 de octubre del año en curso, fecha en que venció la suspensión preventiva que se le impuso; que no obstante que la causa disciplinaria aún se encuentra en trámite, se tomó la determinación de prescindir de los servicios del amparado.

  4. -

    En los procedimientos se hanobservado los términos y prescripciones de ley.

    R. elM.A.R.; y,

    Considerando:

    I.-

    Objeto del recurso.El recurrente pretende que se declare con lugar este recurso porque los recurridos lo despidieron del puesto de auxiliar de investigación que venía ocupando en forma interina, sin que finalizara el procedimiento administrativo disciplinario que se inició.

    II.-

    Sobre los hechos.A los efectos de la presente resolución se tiene por cierto que el amparado fue nombrado en forma interina como investigador en la Delegación Regional del Organismo de Investigación Judicial a partir del primero de diciembre de 1998 (ver informe a folio 14). En resolución de las quince horas del once de agosto de mil novecientos noventa y nueve, se inició investigación administrativa disciplinaria contra el amparado por sustracción de bienes ajenos y ocultamiento de información en suoferta de servicio. En el traslado de cargos se indicó que el amparado tiene una causa penal en trámite por el delito de hurto simple, situación que ocultó cuando fue entrevistado para ocupar el puesto de investigador. Asimismo se le otorgó cinco días para aportar prueba de descargo (ver folio 196 del expediente administrativo). A consecuencia de esa situación el Consejo Superior del Poder Judicial suspendió con goce de salario al amparado por un mes a partir del 30 de julio y ordenó agilizar la tramitación de las diligencias administrativas. Luego prorrogó la suspensión por un mes más a partir del 30 de agosto (ver folio 209 y 215 ídem). El 29 de setiembre de 1999 el Subdirector del Organismo de Investigación Judicial le comunicó al Consejo Superior del Poder Judicial que es inconveniente para su despacho mantener la relación laboral con el amparado, por lo que ha dispuesto prescindir de sus servicios a partir del primero de octubre de este año.Indica que el servidor se encuentra en condición de interno y que la ampliación del estudio de antecedentes generó resultados negativos, por lo que al no cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 12 de la Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial para el desempeño del cargo no se prorroga la relación laboral (ver folio 16, 239 y 240). Ese mismo día el amparado fue comunicado del cese de funciones (ver folio 238).

    III.-

    Sobre el derecho. La anterior relación de hechos demuestra que el recurrido cesó al amparado porque se trataba de un servidor que no cumplió con los requisitos que establece la Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial, propiamente el artículo 12, que refiere a que los postulantes no deben tener asuntos de carácter penal en su contra. Esta circunstancia se fundamentó en el cargo que desempeñaba como auxiliar de investigación dado el interés público que se protege. No obstante que se estaba investigando disciplinariamente al accionante, el surgimiento de este impedimento hacía posible la actuación del recurrido

    Por tanto:

    Se declara SINLUGAR el recurso.

    R.E. Piza E.

    Presidente

    Eduardo Sancho G.CarlosArguedas R.

    Ana Virginia Calzada M.Adrián VargasB.

    S.C.A.GilbertArmijoS.

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