Sentencia nº 11364 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 27 de Agosto de 2013

PonenteAracelly Pacheco Salazar
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2013
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia13-008732-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de hábeas corpus

Exp: 13-008732-0007-CO

Res. Nº 2013011364

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las catorce horastreinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil trece.

RECURSO DE H.C. PRESENTADO POR [NOMBRE 01] CÉDULA DE IDENTIDAD [VALOR 01], A FAVOR DE [NOMBRE 02], PASAPORTE DE NACIONALIDAD ESTADOUNIDENSE [VALOR 02] CONTRA EL JUZGADO PENAL Y LA FISCALÍA, AMBOS DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ,SEDE PAVAS.

Resultando:

  1. -

    Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala, el diecinueve de agosto del dos mil trece, A.P.G., Juez Penal de Liberia, a favor de [NOMBRE 03], contra el Organismo de Investigación Judicial. Explica que contra del tutelado se sigue la causa Nº [VALOR 03], en la cual, el seis de agosto del dos mil trece, se ordenó dejar sin efecto su captura. Indica que esa orden fue notificada a la Delegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de Liberia el siete de agosto del dos mil trece. Alega que, a pesar de lo anterior, se procedió a la detención del imputado y se le ingresó a celdas el diecisiete de agosto del dos mil trece. Explica que el detenido fue puesto a la orden de su autoridad, según oficio recibido el dieciocho de agosto del dos mil trece. Ese mismo día, menciona, se fijó audiencia para realizar vista oral dos horas más tarde, pero, por razones propias de disponibilidad, debió ser reprogramada para el diecinueve de agosto del dos mil trece. Sostiene que, previo a la realización de la referida audiencia, se hizo ver que la rebeldía había sido revocada y, consultado el consecutivo que al efecto lleva ese despacho, resultó que la cancelación de la orden fue recibida por la autoridad accionada, de modo que la detención del tutelado fue ilegítima. Afirma que, inmediatamente, se comunicó con la central de radio de la autoridad accionada, para informar de la detención irregular del imputado y, luego, hizo ver al oficial encargado de la detención, vía correo electrónico, que la orden de captura había sido cancelada desde el siete de agosto del dos mil trece. Explica que se dirigió a las celdas del Organismo de Investigación Judicial en los Tribunales de Liberia, donde se percató que no dejarían en libertad al tutelado, a pesar de que ya todos los empleados de esa oficina sabían de la situación. Añade que a las once horas cincuenta y nueve minutos ordenó, por medio de correo electrónico, proceder a liberar al detenido, imprimió el correo y lo llevó a las celdas referidas -momento en el que volvió a confirmar que no lo dejarían en libertad. Señala que se comunicó con el Organismo de Investigación Judicial de San José, donde se le informó que se le haría saber lo sucedido al director. Agrega que, a la fecha de interposición de este asunto, el tutelado aún se encuentra detenido, por lo que confeccionó una orden de libertad.

  2. -

    Mediante escritos presentados el seis de agosto del dos mil trece, L.S.M., Coordinador Judicial de la Fiscalía de Pavas y E.C.R., Jueza Penal de P. informan que el proceso de cita se encuentra en investigación en la Fiscalíade Hatillo.

  3. -

    Mediante escrito presentado el veinte de agosto del dos mil trece, J.M.P.M., F.A. de la Fiscalía de H. explica que el tutelado se encuentra cumpliendo medida cautelar de prisión preventiva, por el delito de homicidio culposo, ordenada por el Juzgado Penal de Turno Extraordinario del Primer Circuito Judicial de San José. Indica que el acuerdo la conciliación podría proceder por el tipo de delito que se le atribuye al endilgado, bargo, en este momento procesal resulta prematuro debido a que se deben recibir denuncias y establecer las pretensiones civiles de las partes afectadas mediante peritajes deactuarios matemáticos.

  4. -

    En los procedimientos seguidos se ha observado lasprescripciones legales.

    Redacta la Magistrada P.S.; y, Considerando:

    I.-

    HECHOSPROBADOS: De importancia para la decisión de este asunto,

    se estiman como debidamente demostrados lossiguientes hechos:

    a)Ante la Fiscalía de Hatillo,se tramita el expediente13-

    000681-277-PE contra [NOMBRE 02], ciudadanoestadounidense,

    pasaporte480415231, por el delito de Homicidio Culposo en

    perjuicio de A.J.V.P. y otros(seacumuló el

    expediente[VALOR 03]

    1. Por resolución de las veintidós horas diecisiete minutos del veintinueve de junio del dos mil trece, el Juzgado Penal de Turno Extraordinario del Primer Circuito Judicial de San José, dispuso la medida cautelar de prisión preventiva contra el investigado, por el plazo de dos meses, del treinta de junio al treinta de agosto, del año encurso (ver informe);

    2. El veintinueve de junio del dos mil trece, la Unidad Operativa de la Dirección Funcional del Imputado tomó declaración indagatoria del imputado (verdeclaración);

    3. Por Voto Oral 270-2013 de las quince horas treinta minutos del diez de julio del dos mil trece, el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de San José, S.S. declaró sin lugar el recurso de apelación contra la resolución de las veintidós horas diecisiete minutos del veintinueve de junio del dos mil trece, del Juzgado Penal de Turno Extraordinario del Primer Circuito Judicial de San José (verdocumento);

    4. El dieciséis de julio del dos mil trece, el accionante solicitó ante la Unidad Operativa de Dirección Funcional del Primer Circuito Judicial de San José, losiguiente: 1) Se realizara el trámite de

      asistencia consultar; 2) Se procediera a unaconciliación en el

      proceso (ver documento);

    5. Que actualmente el expediente [VALOR 04]se encuentra en investigación. Se deben de recibir denuncias yestablecer las pretensiones civiles de las partes afectadas mediante peritajes de actuarios matemáticos (ver informe);

    6. Que a la fecha la gestión planteada se encuentra pendiente de resolver (ver informe y documentación presentada).

      II.-

      SOBRE LA ACTUACIÓN DELA FISCALÍA DE HATILLO: Después de analizar los elementos probatorios aportados éste Tribunal descarta la lesión al artículo 41 de la Constitución Política.Del informe rendido por la representante de la autoridad recurrida -que se tiene dado bajo fe de juramento con las consecuencias, incluso penales, previstas en el artículo 44 de la Ley que rige esta Jurisdicción- y la prueba aportada para la resolución del asunto ha sido debidamente acreditado que ante la Fiscalía de H., se tramita el expediente 13-000681-277-PE contra[NOMBRE 02], ciudadano estadounidense, pasaporte 480415231, por el delito de Homicidio Culposo en perjuicio de A.J. V.P. y otros. Por resolución de las veintidós horas diecisiete minutos del veintinueve de junio del dos mil trece, el Juzgado Penal de Turno Extraordinario del Primer Circuito Judicial de SanJosé, dispuso la medida cautelar

      EXPEDIENTE N° 13-008732-0007-CO

      Teléfonos: 2295-3696/2295-3697/2295-3698/2295-3700. Fax: 2295-3712. Dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional. Edificio Corte Suprema de Justicia, S.J., Distrito Catedral, B.G.L., calles 19 y 21, avenidas 8 y 6

      Gilbert Armijo S. Presidente a.i

      Ernesto Jinesta L.FernandoCastillo V.

      Paul Rueda L.Aracelly Pacheco S.

      Teresita Rodríguez A.JosePaulino Hernández

      G.

      Documento FirmadoDigitalmente

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