Sentencia nº 00586 de Tribunal Agrario, de 10 de Agosto de 1993

PonenteLuis Enrique Montero Mora
Fecha de Resolución10 de Agosto de 1993
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia93-000586-0029-AG
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoUsurpación agraria

TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO.-

S.J., a las quince horas del diez de agosto demil novecientos noventa y tres.-

Examinada la presente causa seguida contra W.A.B. Y OTROS, por el delito de Usurpación cometido en perjuicio de EUSEBIO CORRALES MORALES, la cual se tramita ante el Juzgado de Instrucción de SanCarlos.-

R.J. Superior M.M., y;

CONSIDERANDO:

Dispone el artículo 325 del Código Procesal Penal, en lo que interesa, que si las pruebas no fueren suficientes para ordenar la elevación a juicio, ni correspondiere sobreseer, el juez ordenará, por auto fundado (lo subrayado no es del original), la prórroga extraordinaria de la instrucción. Por auto fundado debe entenderse aquella resolución que indica en su mismo contenido el porqué se ha llegado a esa conclusión o se dicta ese auto o pronunciamiento, indicándose el motivo del mismo y señalándose los elementos probatorios que lo confirman. En el caso que ahora nos ocupa, el señor J. de Instrucción, sin fundamento alguno, dictada una prórroga extraordinaria y...

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