Sentencia nº 00644 de Tribunal Agrario, de 7 de Septiembre de 1993

PonenteLuis Enrique Montero Mora
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 1993
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia93-000644-0029-AG
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario agrario

TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO.-

S.J., a las quince horas cinco minutos del sietede setiembre de mil novecientos noventa y tres.-

Proceso Ordinario, establecido ante el Juzgado Agrario de Limón, por M.A.H.C., contra R.G.M.P., ambos de calidades en autos conocidas. Intervienen además la licenciada B.A.D. H., en su condición de abogada directora de la parte actora; el licenciado F.J.I.G., en su condición de Apoderado Especial Judicial de la parte demandada; se le puso en conocimiento la existencia de este proceso al Instituto de Desarrollo Agrario.-

RESULTANDO:

1).-

La presente demanda, estimada en la suma de un millón de colones sin céntimos, es para que en sentencia se declare: "A)- A que debe restituirme y reivindicarme el área que me está quitando, y al cual no he podido continuar disfrutando de mi libre posesión, B)- Que las mejoras hechas en este terreno han sido de buena fe, ya que tengo dos años y resto de estar en posesión del terreno, y el café ha crecido a vista y paciencia del demandado, y hasta ahora viene a reclamar como suyo este terreno, y en consecuencia estas mejoras me las debe pagar el demandado, conforme al avaluo y estudio técnico que realice el perito que al efecto deberá nombrarse en este asunto, C)- Que la montaña que existía ahí, fue cortada por mí, debe serme pagada. D)- Que cualquier plano que levante el demandado, incluyendo terreno del suscrito, deberá ser anulado, ya que me causa grave perjuicio, y está fuera de razón, el demandado. E)- Se ordene quitar las estacas que insertaron en la tierra así como los taquitos que pueden observarse, e igualmente se le condenará a quitar cualquier cerca que levante el demandado en esa misma área dividiendo nuestras propiedades, corriendo los gastos a su cuenta. F)- Pagar los Daños y Perjuicios, Daños el Café cortado para hacer ese carril sin respetar que yo lo había sembrado y lo tengo como dueño, P. la producción que dejo de percibir al estar en pleito este cafetal, y no lo puedo asistir ni podré aprovechar su cosecha, todo esto se liquidará en sentencia y G)- Pagar ambas costas de la presente acción.-".-

2).-

El accionado contestó la demanda e interpuso a la misma las excepciones de falta de derecho, falta de causa y la genérica de sine actione agit. Y contrademandó al actor para que en sentencia se declare: "a) Que el lindero que existe entre la propiedad del señor M.A.H.C. y la del suscrito, que corre de la calle Pública al Río Siquirres, lo es en linea recta, tal y como lo establecen los planos que tienen esas propiedades, sea la mía y la de él; b) Que habiendo el señor M.A.H.C. marcado indebidamente el lindero común de su propiedad y la mía, queda obligado a permitirme establecer el lindero correcto, para lo cual en ejecución de sentencia tendrá que acatar la linea divisoria que establezca el perito que en dicha ejecución se designe con tal objeto; c) Que el señor M.H. C. queda obligado a devolverme en el plazo de dos días de la firmeza de la sentencia recaida en este juicio, la porción de terreno que incluyó como parte de su propiedad al establecer indebidamente el lindero común que sin mi consentimiento y bajo mi oposición hizo por su cuenta; d) Que el demandado M.A.C. deberá en el futuro abstenerse de todo acto que perturbe mi...

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