Sentencia nº 00421 de Tribunal Agrario, de 14 de Junio de 1994

PonenteCarmen María Escoto Fernández
Fecha de Resolución14 de Junio de 1994
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia94-000421-0029-AG
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoInterdicto de amparo de posesión

TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO.-

S.J., a las dieciséis horas, catorce minutos delcatorce de junio de mil novecientos noventa y cuatro.-

Interdicto de Amparo de Posesión tramitado ante el Juzgado Segundo Civil de Alajuela por M.U.M. contra: C. A.Q.Y.S.M.A., venido ante este Tribunal a efecto de conocer recurso de apelación interpuesto por la co-demandada A.Q., contra la sentencia de las oncehoras del cuatro de octubre de mil novecientos noventa y tres.-

R. laJuezaE.F.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Se colige del escrito inicial que origina este proceso así como del plano catastral adjunto que el bien que afirma la actora, quien es ama de casa, es de su propiedad tiene una extensión deseis mil noventa y cuatro, cuarenta y siete metros cuadrados situada en Labrador de San Mateo en la Provincia de Alajuela, el cual posee árboles frutales y resto dedicado a potrero, donde hay una casa de habitación. (folios cuatro y cinco).-

II.-

En el presente asunto la actora solicita se obligue a los codemandados a hacer cesar la invasión de la calle privada que es su saliday sustituir el área de terreno"usurpado" y que disminuye su salida, reubicando la cercadonde iba en los últimos cinco años así como se les condene en ambas costas.-

III.-

A la luz del artículo 2 inciso b) Ley de Jurisdicción Agraria, corresponde a los tribunales de esta disciplina"...conocer de los interdictos cuando éstos se refieran a predios rústicos..." Por predios rústicos la jurisprudencia ha establecido no un criterio sociológico de rusticidad sino que conforme al ordinal 4 IBIDEM. Donde se define predios rústicos como todas las tierras que se encuentren destinadas a la explotación agropecuaria, "...el concepto de explotación se puede asimilar al concepto de fundo -organización, sea como conjunto de bienes organizados para la producción agropecuaria, o más correctamente para la producción agraria de cría de animales o cultivo de vegetales ...la tierra destinada por el propietario (o cualquier otro destinado para ello legitimado) a la producción adquiriría la naturaleza de fundo agrario.En la agricultura tradicional, el suelo es constitutivo del fundo, por un lado es el instrumento, el objeto sobre el cual se van a desarrollar los trabajos de cultivación, y por otro lado expresa también la riqueza...

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