Sentencia nº 00129 de Tribunal Agrario, de 16 de Febrero de 2006

PonenteAntonio Darcia Carranza
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2006
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia05-000255-0387-AG
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

TRIBUNAL AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE. G., a las quince horas treinta y cinco minutos deldieciséis de febrero del dos mil seis.-

PROCESO EJECUTIVO, tramitado ante el Juzgado de Liberia, por COOPERATIVA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS DE BAGATZI RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres- cero cero cuatro cero seis seis seis ocho ocho-dos siete, representada por su apoderada generalísima sín límite de suma D.O.J., mayor, soltera, administradora de empresa, vecina de Bagaces, con cédula de identidad número 0-000-000, contra A.U.M., mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Bagaces, con cédula cinco- ciento dieciocho- ochocientos once. Interviene el licenciado R.C.O., mayor, soltero, abogado, vecino de Bagaces, con cédula cinco- trescientos seis- cero treinta en su condición de apoderado especial judicial de la parte actora y el licenciado M.R.M., de calidades ignoradas como defensor público del demandado.-

RESULTANDO:

  1. -

    La parte actora solicita que en sentencia se declare: “ 1. Por lo expuesto y fundamentos legales citados me presento ante su autoridad a efectos de que se le haga laprevención al demandado del pago de la deuda respaldada con el documento indicado en el hecho primero, para que dentro del plazo que indica la ley, deposite los rubro correspondientes a ladeuda principal más el plazo el 50% de dicho monto para responder a interés y costas. 2. Se condene a ambas costas del proceso. 3. Se despache ejecución por la suma demandada y se decrete embargo en el salario del demandado y en los bienes inmuebles, fincas inscritas en la provincia deGuanacaste al folio real: 102178-001 y 118843-001 y en el bien mueble que en Registro Público a nombre del demandado, placas: EE-7749, solicitándose en este acto se despache ejecución, se nombre juez Ejecutor y se decrete embargo sobre el vehículo placas: EE-7749, este por la suma de la deuda principal más el 50% DE LEY para responder a intereses y costas.4. Solicito que en sentencia se confirme la ejecución y se condene al demandado al pago del principal, intereses presentes y futuros”, (folio 15 a 18).

  2. El accionado en tiempo contestó la demanda y opuso las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva, falta de derecho y de ejecutividad, (folio 64).

  3. -

    La licenciada R.A.R., juez agraria, en sentencia de las ocho horas veinte minutos del veintiocho de octubre del dos mil cinco, resolvió: “POR TANTO: se acoge parcialmente la excepción de prescripción de intereses interpuesta por el demandado, por el período que va del veintitrés de abril al veintinueve de setiembre del dos mil cuatro. Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda ejecutiva simple establecida por COOPERATIVA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS DE BAGATZI R.L. (COOPEBAGATZI) contra A.U.M., confirmándose la ejecución y los embargos decretados en autos. Continúenese los procedimientos hastsa que el demandado pague a la actora la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL COLONES por capital y UN MILLONDOSCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOSSETENTA Y OCHO...

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