Sentencia nº 00855 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 15 de Abril de 1993

PonenteCristina Víquez Cerdas
Fecha de Resolución15 de Abril de 1993
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia92-001995-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso jerárquico impropio

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. S.J., a las nueve horas del quince de abril de mil novecientos noventa y tres.

Procedimiento administrativo para la inscripción de un nombre comercial, seguido en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL por A.F.M., mayor, soltero, empresario, vecino de Aserrí, cédula de identidad número 0-000-000, como apoderado de TRANSPORTES CENTAURO, SOCIEDAD ANONIMA, empresa domiciliada en San José.

RESULTANDO:

1) Que Transportes Centauro Sociedad Anónima, gestionó ante el Registro de la Propiedad Industrial, la inscripción del nombre comercial "PESCADO Y ASTILLAS (Fish and Chips) (diseño), para proteger y distinguir un establecimiento comercial que se dedica a la prestación de servicios de restaurant, bar, así como el servicio a domicilio de todo tipo de comidas.

2) Que la licenciada L.A.R., Directora del Registro de la Propiedad Industrial, mediante resolución de las once horas dieciséis minutos del diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y dos, dispuso: "POR TANTO: Este REGISTRO, con base en lo considerado y ley citada, al resolver declara: I Por estar comprendida la prohibición legal, se rechaza de plano la solicitud de registro del distintivo PESCADO Y ASTILLAS (FISH AND CHIPS) solicitado como Nombre Comercial por Transportes Centauro s.a. (sic), de esta plaza.II) Notifíquese."

3) Que inconforme con dicha resolución, el solicitante apeló, recurso que le fue admitido y en virtud del cual conoce este Tribunal en alzada.

4) Que al recurso se le ha dado la tramitación que le es propia y no se encuentran errores ni omisiones que invaliden lo actuado o que deban ser corregidos, por lo que se procede a dictar esta resolución, dentro del término de ley, previas las consideraciones de rigor.-

Redacta la J.V.C.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

El gestionante pretende la inscripción como nombre comercial de "PESCADO Y ASTILLAS" (Fish and Chips), para proteger un establecimiento dedicado a la prestación de servicios de restaurant, bar y comidas a domicilio, lo que fue rechazado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR