Sentencia nº 00878 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 15 de Abril de 1993

PonenteCristina Víquez Cerdas
Fecha de Resolución15 de Abril de 1993
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia93-000194-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso jerárquico impropio

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. S.J., a las once horas del quince de abril de mil novecientos noventa y tres.

Procedimiento administrativo para la inscripción de una señal de propaganda, seguido en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL por V.V.V., mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula de identidad número 0-000-000, como apoderado de PUNTO ROJO SOCIEDAD ANONIMA, sociedad de esta plaza.

RESULTANDO:

1) Que Punto Rojo Sociedad Anónima gestionó ante el Registro de la Propiedad Industrial, la inscripción de la señal de propaganda "SAN LUIS EL MEJOR JABON AZUL PRIMERA CLASE" para promocionar sus marcas registradas en Costa Rica y que amparan jabones.

2) Que la licenciada L.A.R., Directora del Registro de la Propiedad Industrial, mediante resolución de las trece horas treinta minutos del cinco de octubre de mil novecientos noventa y dos, dispuso: "POR TANTO: Este REGISTRO, con base en lo considerado y ley citada, al resolver declara: I) Por estar comprendida la prohibición legal, se rechaza de plano la solicitud de registro del distintivo SAN LUIS EL MEJOR JABON AZUL PRIMERA CLASE solicitado como SEÑAL DE PROPAGANDA, por PUNTO ROJO S.A.II)Notifíquese."

3) Que inconforme con dicha resolución, el solicitante apeló, recurso que le fue admitido y en virtud del cual conoce este Tribunal en alzada.

4) Que al recurso se le ha dado la tramitación que le es propia y no se encuentran errores ni omisiones que invaliden lo actuado o que deban ser corregidos, por lo que se procede a dictar esta resolución, dentro del término de ley, previas las consideraciones de rigor.-

Redacta la J.V.C.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Que ante la solicitud de inscripción de la señal de propaganda "SAN LUIS EL MEJOR JABON AZUL PRIMERA CLASE", el Registro de la Propiedad Industrial rechazó la protección pretendida, al considerar que asociado a los productos que se desean promocionar, es descriptivo y...

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