Sentencia nº 00913 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 15 de Abril de 1993

PonenteCristina Víquez Cerdas
Fecha de Resolución15 de Abril de 1993
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia93-000128-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso jerárquico impropio

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. S.J., a las catorce horas cincuenta minutos del quince de abril de mil novecientos noventa y tres.

Procedimiento administrativo para la inscripción de una señal de propaganda, seguido en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL por C.M.U.S., mayor, casado, administrador de negocios, vecino de Escazú, como apoderado de CORPORACION MAS POR MENOS SOCIEDAD ANONIMA, sociedad de esta plaza.

RESULTANDO:

1) Que Corporación Mas por Menos Sociedad Anónima gestionó ante el Registro de la Propiedad Industrial, la inscripción de la señal de propaganda X CORTA PRECIOS "PRECIOS BAJOS TODOS LOS DIAS" para promocionar una serie de establecimientos que se dedican al ejercicio del comercio en general y especialmente supermercados.

2) Que la licenciada L.A.R., Directora del Registro de la Propiedad Industrial, mediante resolución de las trece horas treinta y tres minutos del ocho de octubre de mil novecientos noventa y dos, dispuso: "POR TANTO: Este REGISTRO, con base en lo considerado y ley citada, al resolver declara: I) Por estar comprendida la prohibición legal, se rechaza de plano la solicitud de registro del distintivo X CORTA PRECIOS PRECIOS BAJOS TODOS LOS DIAS.solicitado como SEÑAL DE PROPAGANDA por CORPORACION MAS POR MENOSS.A.II) Notifíquese."

3) Que inconforme con dicha resolución, el solicitante apeló, recurso que le fue admitido y en virtud del cual conoce este Tribunal en alzada.

4) Que al recurso se le ha dado la tramitación que le es propia y no se encuentran errores ni omisiones que invaliden lo actuado o que deban ser corregidos, por lo que se procede a dictar esta resolución, dentro del término de ley, previas las consideraciones de rigor.-

Redacta la J.V.C.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

El objetivo de las expresiones o señales de propaganda es atraer la atención de los consumidores o usuarios sobre un determinado producto, mercancía, servicio, empresa o establecimiento, según el artículo 59 del Convenio Centroamericano para la Protección de la Propiedad Industrial.Ese mismo cuerpo legal, en el inciso a) del numeral 62, prohibe el registro de señales de propaganda, cuando se...

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