Sentencia nº 01365 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 9 de Julio de 1993

PonenteNo consta
Fecha de Resolución 9 de Julio de 1993
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia92-001792-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoOcurso

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-

S.J., a las ocho horas treinta minutos del nueve de julio de mil novecientos noventa y tres.-

Recurso presentado por G.V.D., casado dos veces, ingeniero civil, vecino de Moravia, con cédula 1-404-534 y M.R. G., soltero, estudiante, vecino de Tibás, con cédula 1-713-176, el primero como Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma y el segundo como secretario de la sociedad "G.B.M. DE COSTA RICA S.A."; y asimismo A.G.B., casado una vez, ejecutivo de empresa, vecino de Escazú, con cédula 9-031-066, en su calidad de G. General con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad "G.B.M. DE COSTA RICA S.A."

antes "I.B.M. DE COSTARICA S.A."

, contra el REGISTRO PUBLICO MERCANTIL.-

RESULTANDO

  1. -

    El representante legal de la empresa "G.B.M. DE COSTA RICA S.A." antes "I.B.M. DE COSTA RICA S.A.", interpuso "OCURSO", para que se anulase el asiento 247 visible al folio 275 del tomo 686 de la Sección Mercantil, mediante el cual se inscribió la sociedad GBM DE COSTA RICA S.A. y se reconozca en forma expresaque la única entidad jurídica que puede utilizar esa denominación es su representada, que tiene la cédula de persona jurídica 3-101-0003252, inscrita al tomo 26,folio 396, asiento 9554.

  2. -

    Que al efecto el Registro dio audiencia a los representantes de la empresa homónima "G.B.M. DE COSTA RICA S.A."

    con cédula jurídica 3-101-121230-19, inscrita en el Registro Mercantil al tomo 686, folio 275, asiento 247; quien se opone a la diligencia alegando falta de Derecho y de interés actual, que no procede el derecho de la petenteen cuanto a que se inscriba el nombre a su favor de G.B.M. DE COSTA RICA S.A., solicitando a su vez que se ponga una anotación zzal de advertencia en el asiento 300, folio 278, del tomo 687 de la Sección Mercantil del Registro Público en donde se declare en forma expresa la situación dicha sociedad.

  3. -

    El Lic. R.S.S.D. delR.M., dictó resolución a las trece horas del veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y dos, disponiendo: "...consígnese nota zzal de advertencia sobre el asiento 247, folio 275, tomo 686, de mercantil que es constitución de GBM DE COSTA RICA S.A., la que se mantendrá hasta tanto no se varíe dicha denominación social. Se comisiona al señor R.J., Coordinador de Mercantil, para que proceda de conformidad. Tome nota el Departamento de Cédulas Jurídica en lo que corresponda. Publíquese el edicto respectivo. N. a los interesados."

  4. -

    Que por medio de escrito recibido el diez de abril siguiente, los señores de GBM DE COSTA RICA S.A., compuesta por los señores M.R.G. y G.V. D., interponen recurso de Apelación contra el acto anterior, el que es acogido para ante este Despacho, en resolución de diez horas del mismo día.-

  5. -

    Que mediante escrito presentado el catorce de abril siguiente la empresa GBM DE COSTA RICA S.A. (ANTERIORMENTE IBM DE COSTA RICA S.A.), apela la resolución anterior, por cuanto el registro no dispuso expresamente anular el asiento de inscripción de GBM DE COSTA RICA S.A., compuesta por los señores...

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