Sentencia nº 02667 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 28 de Junio de 1994

PonenteRose Mary Chambers Rivas
Fecha de Resolución28 de Junio de 1994
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia94-000550-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoApelación por inadmisión

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. S.J., a las diez horas treinta minutosdel veintiocho de junio de mil novecientosnoventa y cuatro.

Apelación porinadmisión formulada por la empresa Herso Ltda., representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma, señor B.S.A., mayor, casado, ingeniero agrónomo, vecino de San Pablo de Heredia N 3063-94, artículo IV de la Sesión Ordinaria N 307-94del 25 de abril en curso.-

R. laJuezC.R. ; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Consta deautos de importancia: a) Que la empresa aquí gestionante H.L., el día 11 de noviembre de l993, presentó ante la Municipalidad accionada, recurso extraordinario de revisión contra el acuerdo N258-93 de 9 de agosto de l993, el cual disponía:"Solicitar a H.L.. el terreno correspondiente al 10% de su fraccionamiento de acuerdo a lo que reza el artículo 40 de la Ley de Planificación Urbana". (Fls 28 a 31 del expd. administrativo.)b.- Que mediante acuerdo N2005-93, Artículo 6, Capítulo IV, de la Sesión Ordinaria N 278-93 de 15 de noviembre de l993, el gobierno municipal de ese cantón, dispuso no acoger el anterior recurso de revisión, hasta tanto no se cumpliera con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 175 del Código Municipal. (Fl. 26 fte. del administrativo.) c.-Que con fecha 22 de diciembre de l993, el ente contralor, dictaminó el procedimiento que se debía seguirse con la tramitación de recursosextraordinarios de revisión. , indicando además que correspondía al Consejo pronunciarse sobre la admisibilidad del mismo. (Fls. 15 fte. y 20 del administrativo.)ch.- Que en Sesión Ordinaria N 305-94, de 18 de abril en curso, por acuerdo N3057-94, artículo III, Capítulo V, el Concejo Municipal acordó transcribir la respuesta de su Asesor Legal, a la Contraloría General de la República sobre el recurso de revisión interpuesto.- (Fls. 7 del legajo y 7 del administrativo).- d.-Que mediante memorial de 22 de abril de 1994, la aquí gestionante solicitó revocatoria con apelación en subsidio del anterior acuerdo, por estimar que el mismo no contiene pronunciamiento alguno del gobierno municipal ni ofrece, las razones que permitan acoger o rechazar el Informe de su asesor legal.- (Fls. 13 fte. y vto. del administratativo.)e.- Que por acuerdo N 3063-94, Artículo IV, Capítulo IV, de la Sesión Ordinaria N 307-94 de 25 de abril del año que decurre, dicho Consejo desestimó los recursos de revocatoria y apelación presentados, transcribiendo la fundamentación del...

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