Sentencia nº 02968 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 27 de Septiembre de 1994

PonenteRose Mary Chambers Rivas
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 1994
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia94-000819-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso jerárquico impropio

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. S.J.,a las quince horas veinte minutos delveintisiete de setiembre de mil novecientos noventa y cuatro.

Procedimiento administrativo para la inscripción demarca de comercio seguido en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL por el licenciado A.E.D.S., mayor, casado, abogado, vecino de San José, como apoderado de CALZABIEN SOCIEDAD ANONIMA.

RESULTANDO:

  1. -

    El solicitante gestionó al Registro de la Propiedad Industrial la inscripción de la marca de comercio "IVES ST. LAURENCE" para proteger y distinguir vestidos de todo tipo y calzado para damas, caballeros y niñoz, con inclusión de botas y botines, en clase 25.

  2. -

    La licenciada L.A.R.,Directora del Registro de la Propiedad Industrial, mediante resolución dictada a las diez horas siete minutos del veintiuno de abril de mil novecientos noventa y cuatro, resolvió: "POR TANTO: Este Registro, con base en loconsiderado y Ley citada, al resolver declara: I)Sin lugar la solicitud de inscripción del distintivo IVES ST. LAURENCEsolicitado por CALZABIEN S.A. deesta plaza. En razón de que tiene semejanza gráficay fonética con el distintivo registrado; II) Notifíquese".

  3. -

    El solicitante inconforme con dicha resolución apeló, recurso que le fue admitido y en virtud de lo cual conoce el Tribunal en alzada.-

  4. -

    Al recurso se le ha dado la tramitación que le es propia y no se encuentran errores ni omisiones que invaliden lo actuado o que deban ser corregidos, por lo que se procede a dictar esta resolución, dentro del término de ley, previas las consideraciones de rigor.

    Redacta la J.C.R.; y,

    CONSIDERANDO:

    I.-

    En el presente caso, resulta obvio la intención -no causal- que existe por parte de la empresa Calzabien Sociedad Anónima de esta plaza, de reproducir la marca de por sí notoria "IVES SAINT LAURENT", propiedad de la compañía francesa del mismo nombre, cuya inscripción en Costa Rica data desde el 12 de diciembre de 1991 y vigente a la fecha, siendo que solo su legítimo propietario podría solicitar su inscripción.Es así que tomando en cuenta esa circunstancia, no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR