Sentencia nº 00115 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección X, de 27 de Octubre de 2009

PonenteDavid Fallas Redondo
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2009
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección X
Número de Referencia04-000247-0163-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

Proceso ordinario

De: T. de la Torre Castro

Contra: Caja Costarricense de Seguro Social

N° 115 - 2009 - SX

Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Sección Décima, Segundo Circuito Judicial de San José,Anexo A; a las quince horas treinta minutos, del veintisiete de octubre del año dos mil nueve

Proceso ordinario conocido en el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incoado por T. de la Torre Castrocédula de identidad 1-582-805, mayor, casado, empresario, vecino de Pavas, en ejercicio de la patria potestad de la menor M. de la T.H., representado por su apoderado especial judicial R.S.A., mayor, casado, abogado, cédula 6-269-071, vecino de Puntarenas; contra la Caja Costarricense de Seguro Social, cédula jurídica 4-000-042147-03, actualmente representada por su apoderado general judicial, M.C. C., mayor, casado, abogado, cédula de identidad 0-000-000, vecino de Tres Ríos.

RESULTANDO

  1. Que fijada la cuantía de este asunto en la suma de ciento diez millones de colones (folios 89 y 110), con base en los hechos expuestos, la demanda (folio 130) es para que en sentencia se declare lo siguiente: "S. que se le reconozca a M. de la Torre Herrera una indemnización por los daños causados estimada en ¢100.000.000 (cien millones de colones), con la consiguiente indexación dado el tiempo que ha pasado.

  2. Que la demandada contestó negativamente la demanda y solicitó que la misma sea declarada sin lugar en todos sus extremos. Asimismo, pidió que se condene en costas a la parte actora. Finalmente, interpuso las excepciones de prescripción y fuerza mayor; asimismo, a modo de excepción alegó fuerza mayor (folio 86

  3. Que la JuezaRosibel J.V., del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, mediante sentencia N° 312-2009, de las 10:00 horas del 5 de febrero de 2009resolvióSe acoge las excepciones de prescripción, fuerza mayor y falta de derecho, en consecuencia se declara sin lugar la presente demanda de T. de la Torre Castro contra la Caja Costarricense de Seguro Social. Se dicta la presente sin especial condenatoria en costas. Notifíquese (folio 233).

  4. Que inconforme con lo resuelto, la parte actora interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio (folio 242) contra la sentencia indicada en el apartado anterior. El recurso de revocatoria fue declarado improcedente, mientras que la apelaciónle fue admitida y en virtud de ella conoce este Tribunal en alzada (folio 248

  5. Que en los procedimientos se han observado las prescripciones de rigor, sin que se aprecien causales de nulidad capaces de invalidar lo actuado. Esta sentencia se dicta dentro del plazo que permiten las labores del Tribunal, previa deliberación.

    R. elJ.F.R.; y

    CONSIDERANDO

  6. Sobre los hechos probados y no probados. Este Tribunal prohija el elenco de hechos demostrados y no demostrados establecido por el a quo.

  7. Sobre el contenido de la apelación interpuesta por la parte actoraAl formular su impugnación, el licenciado S.A. expuso dos argumentos en respaldo de su recurso (cabe indicar que no consta en el legajo de...

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