Sentencia nº 00105 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 8 de Abril de 2011

PonenteSilvia Consuelo Fernández Brenes
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2011
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia10-012649-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoApelación municipal

Exp.No. 10-0012649-1027-CA

No. 105-2011

SECCIÓN TERCERA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA. Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A, Goicoechea, las nueve horas quince minutos del ocho de abril del dos mil once.

Conoce este Tribunal, en su condición de jerarca impropio municipal, del recurso de apelación interpuesto por R.C.V.D.P.R., mayor, casado dos veces, abogado, con cédula de identidad número 0-000-000, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de FLINSKENS INVESTMENTS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra la resolución de las nueve horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, dictada por el Intendente del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, P..

Redacta la J.F.B., y

CONSIDERANDO:

I.-

DE LOS HECHOS PROBADOS.- De importancia para la resolución de este asunto, se tiene como debidamente acreditado lo siguiente: 1.) Que por oficio ZMT-237-07-06, del veinticinco de julio del dos mil seis, la Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de P., solicita a la Administración Tributaria del Ministerio de Hacienda, realizar el avalúo fiscal correspondiente, del terreno requerido en concesión el cuatro de noviembre del dos mil cinco, por la empresa Flinskens Investments, Sociedad de Responsabilidad Limitada, de franja de terreno ubicada en playa C., distrito Cóbano, cantón Central, de la Provincia de P., con los siguientes linderos: Norte: propiedad privada, Sur: zona pública: Este y Oeste: Municipalidad de P., con una extensión de nueve mil veintinueve metros cuadrados veintidós decímetros cuadrados (solicitud de concesión a folio 11; correción de medida a folio 48; plano catastrado a folio a folio 50; oficio a folio 54); 2.) Que en memorial fechado el veintiocho de setiembre del dos mil seis, A.V.Z., actuando como apoderado especial de la empresa Flinskens, Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita al Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de P., la aplicación del avalúo administrativo preparado por la Dirección General de Tributación Directa el nueve de diciembre del dos mil cuatro, sobre el mismo terreno que actualmente solicita ella en concesión, lo anterior, por razones de economía procesal y simplificación de trámites para el buen desempeño de la función administrativa, "tomando en cuenta que la vigencia del avalúo administrativo es de 5 años contados a partir del período siguiente de su firmeza, según lo establecido en el artículo 50 del Reglamento a la Ley No. 6043" (folio 57); 3.) Que por oficio ZMT-086-2007, del veintidós de marzo del dos mil siete, la Coordinadora del Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de P., vuelve a solicitar a la Administración Tributaria del Ministerio de Hacienda, realizar el avalúo fiscal correspondiente a la solicitud de concesión de la empresa Flinskens Investments, Sociedad de Responsabilidad Limitada (folio 71); 4.) Que en avalúo 286-2007, realizado por la Dirección General de Tributación Directa, Administración Tributaria de P. el doce de noviembre del dos mil ocho, determina un valor de cuarenta y ocho mil quinientos colones el metro cuadrado (¢ 48.500.00), para un total de cuatrocientos treinta y siete millones novecientos diecisiete mil ciento setenta colones exactos (¢ 437.917.170.00) (folios 72 y 73); 5.) Que sobre la base anterior, por oficio ZMT-574-2007, del veintiocho de noviembre del dos mil siete, el Encargado de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de P., le comunica el monto anual del canon de la zona marítimo terrestre, por la suma de diecisiete millones quinientos dieciséis mil seiscientos ochenta y seis colones con ochenta céntimos (17.516.686.80); y le advierte de los recursos oponibles contra esa determinación. Lo anterior, fue comunicado a la interesada por fax el mismo día (folios 74 y 75); 6.) Que por acuerdo adoptado en el artículo VI, inciso b) de la sesión ordinaria 08-08, del tres de marzo del dos mil ocho, el Concejo de la Municipalidad de P. recomienda al Concejo Municipal de Distrito de Cóbano aprobar la concesión requerida por el personero de Flinskens Investments, Sociedad de Responsabilidad Limitada, y autoriza al Intendente a firmar el contrato respectivo (folio 79); 7.) Que por resolución de las ocho horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil ocho, el Intendente del Concejo Municipal de Distrito de Cóbano recomienda al Concejo Municipal de Cóbano aprobar la concesión requerida por Flinskens Investments, Sociedad de Responsabilidad Limitada, por cumplir con los requisitos de ley, con un canon anual de diecisiete millones quinientos dieciséis mil seiscientos ochenta y seis colones con ochenta céntimos (17.516.686.80) y por el plazo de veinte años (folios 80 y 81); 8.) Que el dieciocho de abril del dos mil ocho, la empresa concesionaria paga el canon anual del año dos mil ocho (folio 94); 9.) Que el quince mayo del dos mil ocho, el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, P. y R.V.D.P.R., en representación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR