Sentencia nº 00200 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IX, de 21 de Febrero de 2012

PonenteBerny Solano Salano
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2012
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección IX
Número de Referencia11-004246-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoAmparo de legalidad

Expediente:11-004246-1027-CA

Amparo de Legalidad

Actora: M.

Demandado:ElEstado

Nº 200-2012-IX

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN NOVENA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las ocho horas con veinte minutos del veintiuno de febrero del dos mil doce .

Amparo de legalidad interpuesto por M., […], contra el Estado, representado por el Procurador A A.A.O., […].

RESULTANDO

1- La parte actora interpuso este proceso de amparo de legalidad por considerar vulnerado su derecho a un procedimiento administrativo pronto y cumplido, en relación con su solicitud de pago de prestaciones legales presentada ante la Dirección de Control de Pagos del Ministerio de Educación Pública el día 17 de setiembre de 2010 .

2- Por resolución de las 11:43 horas del 04 de noviembre del 2011, notificada a todas las partes el 12 de diciembre de 2011 (ver folios del 17 al 21 del expediente judicial), este Tribunal previno a la Administración, en los términos del artículo 35 inciso 2 del Código Procesal Contencioso Administrativo, a fin de cumplir con la conducta omitida.

3- Por escrito presentado en este despacho el 13 de enero del 2012 (ver folios del 38 al 47 del expediente judicial), el representante del Estado contestó el amparo de legalidad solicitando que se tenga por terminado el proceso, al haberse resuelto la solicitud de la accionante dentro del plazo otorgado por este Tribunal. Asimismo, interpuso la excepción de falta de derecho y falta de interés actual.

4- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley, sin que se noten causales capaces de invalidar lo actuado. Se dicta esta resolución previa deliberación de rigor.

Redacta el J. SolanoS., y

CONSIDERANDO

I-HECHOS PROBADOS: De importancia para resolver este asunto se tienen los siguientes: 1) El 17 de setiembre del 2010 la actora presentó solicitud de pago de prestaciones legales ante el Departamento de Control de Pagos de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública (ver folio 3 del expediente judicial); 2) Por resolución número DCP-2404-2011 de las 16:34 horas del 12 de octubre de 2011, se resolvió la solicitud de la accionante, resolución que fue notificada el 11 de noviembre del 2011 (ver folios del 39 a 44 del expediente judicial).

II- SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDUCTA OMITIDA: De conformidad con las disposiciones del artículo 35 inciso 2 del Código Procesal Contencioso Administrativo, transcurrido el plazo conferido en la resolución de las...

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