Sentencia nº 00257 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IX, de 21 de Febrero de 2012

PonenteJoaquín Villalobos Soto
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2012
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección IX
Número de Referencia11-005073-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoAmparo de legalidad

Nº 257 -2012-IX

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN NOVENA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las catorce horas cinco minutos del veintiuno de febrero de dosmil doce.-

Amparo de legalidad interpuesto por N, casada, con cédula de identidad […], contra la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL, representada por apoderado W.D.V.Q., abogado, divorciado, vecino de Santo Domingo de H., con cédula 1-680-788. Ambos mayores.-

RESULTANDO

1- La parte actora interpuso este proceso de amparo de legalidad por considerar vulnerado su derecho a un procedimiento administrativo pronto y cumplido, en relación a que el 14 de abril de 2011, la Asociación de Desarrollo Integral de Paso Ancho Norte presentó ante el Despacho de la Presidenta Ejecutiva de la entidad demandada, una gestión respecto de haber movido de lugar el punto donde se prestan servicios médicos de la Caja a otro sitio que representa una serie de inconvenientes para los vecinos, solicitud que a la fecha de la interposición de este proceso no ha sido resuelta. Pide que se acoja el amparo de legalidad y se leordene a la administración resolver la gestión.-

2- Por resolución de las quince horas ocho minutos del 14 de noviembre de 2011, la cual quedó notificada a todas las partes interesadas el 28 de noviembre siguiente (folios 31 a 33 del expediente judicial), este Tribunal previno a la Administración, en los términos del artículo 35 inciso 2 del Código Procesal Contencioso Administrativo, a fin de cumplir con la conducta omitida. Asimismo, se confirió el traslado de lademanda al Estado.

3- Por escrito presentando en este despacho por vía fax el 20 de diciembre de 2011 (folios 34 a 36 del expediente judicial), el representante de la entidad demandada contestó la demanda, solicitando que se tenga por terminado el proceso, al haberse resuelto el recurso interpuesto por la accionante dentro delplazo otorgado por este Tribunal.

4- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley, sin que se noten causales capaces de invalidar lo actuado. Se dicta esta resolución previadeliberación de rigor.

Redacta el J. VillalobosS..

CONSIDERANDO

I- HECHOS PROBADOS: De importancia para resolver este asunto se tienen los siguientes: 1) Que el 14 de abril de 2011 se presentó, ante la Gerencia Médica de la demandada, dirigido a su Presidencia, una gestión de la actora como representante de la Asociación de Desarrollo Integral de Paso Ancho Norte, quejándose del cierre de la sede del Área...

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