Sentencia nº 00007 de Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, de 15 de Enero de 2010

PonenteNo consta
Fecha de Resolución15 de Enero de 2010
EmisorTribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda
Número de Referencia09-002942-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

SENTENCIA Nº 07 -2010

TRIBUNAL DE APELACIONES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDAAnexo A del Segundo Circuito Judicial de San José, a las oncehoras y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil diez

Recurso de Apelación promovido dentro del proceso de medida cautelar establecida por B.G.P., casado, taxista, con cédula de identidad 0-000-000vecino de San José, contra el Estado, representado por el Procurador:V.A.J., abogado, casado, con cédula de identidad 0-000-000, vecino de Cartago; y contra El Consejo de Transporte Público,representado su director ejecutivo: J.V.T., casado, abogado, cédula de identidad 0-000-000, vecinode Curridabat. Todas las personas físicas son mayores.

Jueza Ponente: Yazmín Aragón Cambronero

CONSIDERANDO

I.-

De conformidad con el numeral 953 del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria en la materia por remisión del artículo 220 del Código Procesal Contencioso Administrativo (en adelante: C.P.C.A.), los escritos presentados en Tribunal distinto al que conoce el proceso sólo surtirán efecto si llegan a éste dentro del plazo correspondiente.Por su parte el numeral 133 del C.P.C.A, señala de manera clara que el recurso de apelación , cuando proceda, deberá interponerse directamente ante el Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de tres días hábiles.

II.-

En el caso bajo estudio,la parte actora presentó ante el Tribunal Contencioso Administrativo recurso de apelación contra laSentencia de Fondo2795-2009, dic...

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