Sentencia nº 00165 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 28 de Enero de 2013
Ponente | Joe Campos Bonilla |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2013 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José |
Número de Referencia | 07-201083-0457-PE |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Recurso de apelación |
PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2013-0165 Expediente: 07-201083-0457-PE( 1) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las catorce horas quince minutos, del veintiocho de enero de dos mil trece.- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra N, mayor, separada, costarricense, cédula de identidad número […] y, J , mayor, soltero, […; por el delito de ESTAFA MAYOR Y FALSEDAD IDEOLÓGICA, en perjuicio de EL ESTADO Y LA FE PUBLICA .
Intervienen en la decisión del recurso, el juez J.C.B., el co-juez O.V.R., y la co-jueza L.G.V.. Se apersonaron en esta sede el licenciado G.Z.C., en su calidad de Defensor de los imputados N y J; la licenciada A.C.C.C., representante del Ministerio Público, Unidad de Impugnaciones, y el licenciado O.R.B., Procurador Penal.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 872-2012, de las dieciséis horas veinte minutos, del veinte de setiembre de dos mil doce, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, leyes citadas; artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 8 inciso 1) de la Convención Americana de Derechos Humanos; 10 de la Declaración Americana de Derechos Humanos; 9 inciso 2) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1 a 6, 11, 16, 18, 20, 21, 30, 31, 45, 50, 51, 59 a 63, 71 a 75, 103, 216 inciso 2) y 360 del Código Penal; 1 a 6, 8, 9, 37, 40, 111 a 116, 142, 144, 181 a 184, 239, 258, 265 a 267, 269, 341 a 358, 360, 361, 363 a 365, 367, 368, 464, 466 y 468 y 493 del Código Procesal Penal; 123 y 124 de las Reglas Vigentes sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941; 1045 del Código Civil; 45 en relación con el 18 del Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado número 32493-J, de 5 de agosto de 2005; con la totalidad de sus votos, el Tribunal resuelve: Se ABSUELVE de toda pena y responsabilidad a J por los delitos de FALSEDAD IDEOLÓGICA Y ESTAFA MAYOR EN CONCURSO IDEAL que se le venían atribuyendo como cometidos en perjuicio de EL ESTADO. En cuanto a este imputado se resuelve sin especial condenatoria en costas. Asimismo, se declara a N AUTORA RESPONSABLE DE UN DELITO DE FALSEDAD IDEOLÓGICA y UN DELITO DE ESTAFA MAYOR EN CONCURSO IDEAL, que en perjuicio de EL ESTADO se le atribuyeron y en tal concepto, se le impone el tanto de UN AÑO DE PRISIÓN POR EL DELITO DE FALSEDAD IDEOLÓGICA Y DOS AÑOS POR EL DELITO DE ESTAFA MAYOR, que en aplicación de las reglas del concurso ideal corresponde a DOS AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos carcelarios, previo abono de la preventiva sufrida si la hubiere. De conformidad con los artículos 59 a 63 del Código Penal se le concede a la señora N el BENEFICIO DE EJECUCIÓN CONDICIONAL DE LA PENA por el plazo de CINCO AÑOS en el entendido de que...
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