Sentencia nº 00065 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, de 15 de Febrero de 2013

PonenteRafael Gullock Vargas
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2013
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
Número de Referencia10-000009-0646-TP
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

Res: 2013-065 Exp: 10-000009-0646-TP Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda.

A las quince horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil trece.

Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra C., […], por el delito de Conducción Temeraria, en perjuicio de La Seguridad Común.

Intervienen en la decisión del recurso los jueces R.G.V., R.S.B. y R.D.U.. Se apersonaron en apelación los licenciados A.C.P. y J.M.M., representantes del Ministerio Público.

Resultando :

1 . Que mediante sentencia 649-2012 de las ocho horas treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil doce, el Tribunal Penal de Cartago, Sección Unipersonal, resolvió: " POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 1, 39, 41, 42 y 48 de la Constitución Política, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 1, 23, 30, 31, 117, del Código Penal, 1, 6, 7, 11, 30, 42, 63, 127, 311 del Código Procesal Penal, circulares 64 y 92 del año 2009 de la Corte Suprema de Justicia, se resuelve: I. Se declara con lugar la excepción de cosa juzgada material interpuesta por la defensa técnica del imputado. II. Se decreta el sobreseimiento definitivo a favor de C. por el delito de Conducción Temeraria en perjuicio de Seguridad Común. Se resuelve sin especial condenatoria en costas.

Son los gastos del proceso a cargo del Estado. Quedan las partes notificadas en el acto de manera oral. La anterior sentencia queda respaldada en formato de audio que queda a disposición de las partes. I.D.C.. Jueza de Juicio." (sic ) 2 . Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado A.C.P. interpuso el recurso de apelación.

3.

Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.

4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

Redacta el J. GullockV., y; Considerando:

I.

El licenciado A.C.P., Fiscal del Ministerio Público presenta recurso de apelación en contra de la sentencia oral número 649-2012 dictada por el Tribunal de Juicio de Cartago, mediante la cual se dictó sobreseimiento definitivo a favor del imputado C. En primer lugar señala errónea aplicación de la ley sustantiva. Indica que durante el debate la defensa presentó una...

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