Sentencia nº 00015 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 21 de Enero de 1994

PonenteFernando Cruz Castro
Fecha de Resolución21 de Enero de 1994
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia94-000015-0008-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

TRIBUNAL SUPERIOR DE CASACION. S.J., a las nueve horas del veintiuno de enerode mil novecientos noventa y cuatro.-

* *Recurso de Casación interpuesto en la presente causa seguida contra M.D.C.G.S., de cuarenta y cuatro años de edad, casada, ama de casa, hija de G.G.H. y B.S.C., cédula de identidad número 0-000-000, por los delitos de INJURIAS, CALUMNIAS Y DIFAMACION, en perjuicio de J.A.M.R. y J.A.M.M. . Intervienen en la decisión del recurso los señores Jueces Superiores, Dr. F.C.C., y los L.M.L. P.V. y C.L.R.. Se apersonaron en casación el abogado defensor de la querellada M. delC.G.S., Licenciado A.B.G. y la querellante D.A.M.R..

RESULTANDO.

* *1) Que mediante sentencia dictada a las diez horas del trece de julio de mil novecientos noventa y tres, el JUZGADO PENAL DE H., resolvió: "POR TANTO:"De conformidad con lo expuesto, artículos 39 de la Constitución Política, 1, 30, 45, 145, 146 y 147 del Código Penal, 1, 392, 393, 394, 395, 396, 398, 399, 400, 401,42l y 543 del Código de PROCEDIMIENTOS Penales, se declara a M.D.C. G.S., autora responsable del delito de DIFAMACION en daño de J. A.M.R.Y.J.A.M.M., y en ese sentido se le impone el tanto de CINCUENTA DIAS MULTA a razón de DOSCIENTOS COLONES EL DIA, para un total de DIEZ MIL COLONES, suma que deberá cancelar la querellada dentro de los quince días siguientes a la firmeza de este fallo, en el entendido de que si así no lo hace, cada día multa se convertirá en un día de prisión.Asimismo se ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD a M.D.C.G.S., por los delitos de INJURIAS Y CALUMNIAS en perjuicio de M.R.Y.M.M.. Se resuelve sin especial condenatoria en costas.Se ordena la inscripción de este fallo en el Registro Judicial de Delincuentes, en cuanto a la condenatoria dictada.Con la lectura de esta sentencia quedan notificadas las partes. (fs) L.. L.G.. B.G.J.P.IsmaelB.M.S..

2) Contra dicho pronunciamiento, el Licenciado A.B.G. interpuso recurso de Casación, alegando por la forma: Falta de Fundamentación de la sentencia, Violación de las reglas de la Sana crítica racional y Falta de Fundamentación de la pena, lo anterior de conformidad con los artículos 106, 226, 393 párrafo 2, 394 inciso 2 y 3, 395 incisos 2 y 3 y 400 inciso4 del Código de Procedimientos Penales.

3) Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 481 del Código de Procedimientos Penales, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.

4) Que enlos procedimientos se han...

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