Sentencia nº 00171 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 17 de Mayo de 1994

PonenteFernando Cruz Castro
Fecha de Resolución17 de Mayo de 1994
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia94-000171-0008-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

TRIBUNAL SUPERIOR DE CASACION. S.J., a las dieciséis horas veinticinco minutos del diecisiete de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.-

Recurso de Casación interpuesto en la presente causa seguida contra P.Q.G., de treinta y ocho años de edad, divorciado, profesor, costarricense, nativo de H., el nueve de marzo de mil novecientos cincuenta y cinco, vecino de Heredia, hijo de A.Q.U. y M. G.L., cédula de identidad número 0-000-000, por el delito de ESTAFA, en perjuicio de JOSE ARIAS CASCANTE Y LEONEL ARIAS CASCANTE. Intervienen en la decisión del recurso los señores Jueces Superiores, Dr. F.C. C., y los L.M.L.P.V. y C.L.R. Gutiérrez.Se apersonaron en casación,el imputado P.Q.G. y el representante del Ministerio Público.

RESULTANDO.

1) Que mediante sentencia dictada a las once horas treinta minutos del treinta de noviembre de mil novecientos noventa y tres, el Juzgado Penal de H., resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y artículos 1, 30, 45, 216 inciso 1º del Código Penal y 1, 393, 394, 395, 396, 399, 400, 421, 543 del Código Procesal Penal se declara a PACINIO QUESADA GUZMAN, autor responsable del delito de ESTAFA en perjuicio de JOSE ARIAS Y L.A.C., y como tal se le impone un año de prisión que deberá descontar tal y como lo indiquen las reglas penitenciarias, previo abono de la preventiva que ha sufrido, son las costas a su cargo y se ordena su inscripción en el Registro Judicial de Delincuentes.LicenciadoOmar W.W., Juez Penal; R.H.S., Prosrio."

2) Que contra el anterior pronunciamiento, el imputado P.Q.G. interpuso recurso de Casación, por la Forma y por el Fondo.

  1. -

Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 481 del Código de Procedimientos Penales, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.

4) Que enlos procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

R. elJ.S.C.C., y;

CONSIDERANDO:

El defensor del acusado interpone recurso de Casación contra la sentencia dictada por el Juez Penal de H., señalando en su impugnación, vicios de forma y fondo.

I-Vicios de forma:Respecto a los viciosformales, señala el defensor del acusado, los siguientes:

a-Loselementos probatorios contradictorios del fallo.

Afirma el recurrente que la sentencia se fundamenta en declaraciones testimoniales contradictorias, especialmente en cuanto a lo declarado por J.A. C., L.A.C. y J.L.O.. Las contradicciones consisten en lo siguiente: el testigo A.C. afirma que...

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