Sentencia nº 00738 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 15 de Noviembre de 1996

PonenteJavier Llobet Rodríguez
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 1996
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia96-000783-0008-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

TRIBUNAL SUPERIOR DE CASACION. S.J., a las nueve horas treinta minutosdel quince de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

RECURSO DE CASACION interpuesto en la presente causa seguida contra N.C.C., mayor, casado, ingeniero electromecánico, nativo de Nicoya el treinta de julio de mil novecientos treinta y seis, por el delito de ESTAFA MEDIANTE CHEQUE, en perjuicio de ANTONIO ARIAS ARIAS. Intervienen en la decisión del recurso, los L.J.L.R., C.L. R.G. y R.F.V.Se apersonaron en casación el actor civil A.A.A., el representante del Ministerio Público, Licenciada A.E.S.F., y el abogado defensor del imputado, Licenciado Marcial Barrientos Quirós.

RESULTANDO:

1) Que mediante sentencia número dictada a las dieciséis horas del siete de setiembre de mil novecientos noventa y cuatro, el Tribunal Superior Tercero Penal, Sección Primera, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, además artículos 39 de la Constitución Política, 392, 393, 395, 396, 398 y 544 del Código de Procedimientos Penales; 1, 156 del Código Penal, en aplicación del principio de INDUBIO PRO REO, SE ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD A N.C.C., del delito de ESTAFA, que se le ha venido atribuyendo en perjuicio de ANTONIO ARIAS ARIAS.Sin especial condenatoria en costas.Se declara sin lugar la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por ANTONIO ARIAS ARIAS contra el Demandado civil N.C. CARDENAS.Sin especial condenatoria en costas.Una vez firme el fallo archívese el expediente. LIC.CARLOS B.M., J.R.A., M.E.S.F.Y.M.A.A., PROSRIO."

2) Que contra el anterior pronunciamiento, el actor civil A.A.A. interpuso Recurso de Casación.

3) Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 481 del Código de Procedimientos Penales, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el Recurso.

4) Que enlos procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

R. elJuezS.L.R., y;

CONSIDERANDO:

Se reclama por el actor civil fundamentación contradictoria de la sentencia, con violación de los Artículos 106, 395 inciso 2) y 400 inciso 4) del Código de Procedimientos Penales. Se basa en que en la sentencia se indica que no se logró demostrar mas que por el dicho del ofendido, que el negocio que dio como resultado la entrega del cheque al ofendido se efectuase. Sin embargo, - indica- se tiene por probado que el encartado estaba autorizado a firmar en la cuenta corriente No. 54033-4 del Banco Anglo...

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