Sentencia nº 00203 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 13 de Marzo de 2003

PonenteRosario Fernández Vindas
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2003
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia98-203704-0305-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Exp:97-000756-420-PE, voto del Juez Dall’Anese). En el caso del recurso por el fondo, deviene informal por referir aspectos probatorios que son de forma, incumpliendo con ello el requisito de separación de los motivos establecido por la citada normativa. Por ello, también se declara inadmisible el recurso por el fondo...”

Por lo expuesto, no es admisible el motivo en relación al señor S.P., por no cumplirse con las exigencias en la exposición del mismo que contempla los numerales445 y 423, del Código Procesal Penal.

V. Con el título de segundo motivo, se indica errónea aplicación de la ley sustantiva, artículo 369 inciso d) del Código Procesal Penal. Señala el Lic. D.B., que se viola el artículo 369 inciso d) del Código Procesal Penal, y el 103 inciso 2) del Código Penal. Dice que al no valorarse la prueba del juicio conforme a las reglas de la sana crítica, respecto al señor P.S. impide que se le indemnice un perjuicio en relación con el contrato leasing sobre un vehículo. EL MOTIVO ES INADMISIBLE, se enuncia en el mismo vicios de forma conjuntamente con defecto de fondo, contrario a las exigencias en la interposición de los motivos. Tampoco se fundamenta el agravio. Lo que impide el examen.

POR TANTO

Se declara sin lugar el recurso de casación de la defensa...

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