Sentencia nº 00363 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 8 de Abril de 2010
Ponente | Sandra Eugenia Zúñiga Morales |
Fecha de Resolución | 8 de Abril de 2010 |
Emisor | Tribunal de Casación Penal de San José |
Número de Referencia | 07-020121-0042-PE |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Prórroga de prisión preventiva |
Resolución: 2010-0363
Expediente: 07-020121-0042-(5)
TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las nueve horas treinta minutos del ocho de abril de dos mil diez.
Vistas las presentes diligencias, este Tribunal, resuelve,
R. la Jueza de C. ZúñigaM.; y ,
CONSIDERANDO:
I.-
Los licenciados P.G.H. y J.C.V.Q., de la Fiscalía Especializada de Delitos contra la Vida y la Integridad Física, en escrito presentado a este despacho el 18 de marzo del año en curso, solicitan una prórroga del plazo de prisión preventiva impuesta al encartado P., por dos meses.
II.-
Mediante comunicación recibida en este Tribunal (Oficio Nº 996-20109, de fecha 26 de marzo de 2010), enviada por el Secretario de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, M.Z.F., se informa que dicho despacho emitió a la resolución número 242-2010, de las 15:10 horas del 6 de abril de 2010, cuya parte dispositiva literalmente estableció: “Por unanimidad se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas del Ministerio Público y se fija la suma por concepto de costas personales que debe pagar el demandado civil Q.F. a la Oficina impugnante, en doscientos mil colones. Por mayoría se declara con lugar el tercer motivo del recurso de casación de la licenciada G.N.M., defensora de P. Se recalifican los hechos relacionados con la colisión y muerte de las víctimas D., R., N. y de las lesiones de M. y A. y se declara a P. autor de tres delitos de homicidio culposo y dos delitos de lesiones culposas en concurso ideal en perjuicio de las mismas, hechos que a su vez concursan materialmente con tres delitos de agresión con arma, condena ésta que se mantiene incólume. Se ordena el reenvío del proceso para que se realice una audiencia ante el Tribunal de Juicio, integrado por jueces distintos de los que han participado ya en este asunto, a fin de que se defina la pena a imponer según la calificación aquí definida. En todo lo...
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