Sentencia nº 00288 de Tribunal de Casación Penal de Santa Cruz, de 22 de Noviembre de 2011

PonenteMarta Muñoz Delgado
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2011
EmisorTribunal de Casación Penal de Santa Cruz
Número de Referencia96-200261-0384-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProcedimiento de revisión

962002610384PE

VOTO 288-11

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL. Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz. A las dieciséis horas del veintidós de noviembre de dos mil once.

PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN interpuesto en la presente causa seguida L., mayor, costarricense, […], vecino de San José, por el delito de VIOLACIÓN en perjuicio de MENOR DE EDAD. Intervienen en la decisión del recurso, la jueza M.E.M.D., los jueces G.R.A.V. e I.G.C.. Se apersonó en este proceso el sentenciado L.

RESULTANDO

  1. -

    El Tribunal Superior de Liberia mediante sentencia N° 26-97 de las dieciséis horas del once de febrero de mil novecientos noventa y siete, resolvió: "POR TANTO Conforme a lo expuesto y artículos 106, 392, 393, 394, 395, 396, 397, 399, 512, 543 del Código de Procedimientos Penales, 45, 40, 71, 156 inciso 1 y 2 del Código Penal, se declara a L. autor responsable del delito de VIOLACIÓN así recalificado en daño de ... y en dicho carácter se le impone la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, dicha pena la descontará el condenado en el centro carcelario que indiquen los respectivos reglamentos. Se le condena además al pago de las costas del juicio. No se hace pronunciamiento en cuanto a daños y perjuicios por no haberse ejercido la acción civil resarcitoria. Firme la sentencia inscríbase la misma en el Registro Judicial y expídase los testimonios de ley. Mediante lectura notifíquese esta sentencia.- Lic. LUIS GMO. R.L.L.. M.R.P.L.. E.S.D.".

  2. -

    Contra el anterior pronunciamiento el sentenciado L.,interpuso demanda de revisión.

  3. -

    En los procedimientos se han observado lasprescripciones legales pertinentes.

    Redacta la J.M.D., y

    CONSIDERANDO

    ÚNICO: El sentenciado L., presenta procedimiento de revisión en la presente causa, en la cual el Tribunal Superior de Liberia dictó la sentencia N. 27-97 de las dieciséis horas del once de febrero de mil novecientos noventa y siete y le declaró autor responsable del delito de violación, imponiéndole la pena de diez años de prisión (folios 57-61) . Mediante Ley N° 8503 de 28 de abril de 2006, publicada en La Gaceta N° 108 de 6 de junio de 2006, se modificó el artículo 93 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y se le asignaron nuevas competencias al Tribunal de Casación Penal, entre las que se encuentra conocer de los recursos de casación y procedimientos de revisión en materia de delitos sexuales y de infracción a la Ley de Psicotrópicos. En cuanto a la implementación de la anterior reforma, se dispuso en el...

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