Sentencia nº 00237 de Tribunal de Familia, de 28 de Marzo de 1995

PonenteOlivier Quirós Pérez
Fecha de Resolución28 de Marzo de 1995
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia95-000137-0012-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDiligencias de depósito de menor

PROMUEVE: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA.

EXP. DEL TRIBUNAL SUPERIOR 137-95.

No.237-95

TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA Y TUTELAR DE MENORES.San J., a las diez horas del veintiocho de marzo de mil novecientosnoventa y cinco.

DEPOSITO DE MENOR, establecido por EL PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA, representado por el licenciado J.A.R., mayor, casado, abogado y notario, portador de la cédula de identidad 0-000-000, vecino de San José.Expediente tramitado ante el Juzgado de Familia de Cartago, bajo el número38-95.Conoce este Tribunal del presente proceso, en virtud del recurso de apelación interpuestopor el promovente , contra la resolución dictada a las trece horas del veintitrés de enero de mil novecientos noventa y cinco, en cuanto no procedió a dar curso al depósito de menor establecido.-

R.J.Q.P., y;

CONSIDERANDO:

I.La pretensión del Licenciado J.A.R., en su condición de representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de Cartago, es con la finalidad de que el Juzgado de Familia de esa ciudad, deposite en la señora S.M.M.C., a los menores A. E., J.V. y J.A., todos de apellidos M.C., ya que en calidad de tía materna ha informado que la madre de los niños falleció y es ella quien ha asumido su manutención y desea legalizar la situación como depositaria.

II.El depósito de personas tiene regulación específica en nuestro Código Procesal...

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