Sentencia nº 00510 de Tribunal de Familia, de 26 de Julio de 1995

PonenteOlivier Quirós Pérez
Fecha de Resolución26 de Julio de 1995
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia95-000384-0012-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso sumario

SUMARIO DE GUARDA CRIANZA Y EDUCACION DE MENOR.

ACTOR: G.F.A.V..

CONTRA: M.A.S..

No.510-95.

TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA Y TUTELAR DE MENORES. S.J., a las diez horas quince minutos del veintiséis de julio de mil novecientos noventa y cinco.

PROCESO SUMARIO DE GUARDA, CRIANZA Y EDUCACION, establecido por G.F.A.V., mayor, soltero, empleado de INCOP, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, vecino de Barranca contra J.R.S.S., mayor, soltera, de oficios domésticos, vecina de Barranca.Ha figurado como apoderadoespecial judicial de la parte actora, el licenciado A.P.C. .Se ha tenido como parte el PatronatoNacional de la Infancia.

RESULTANDO:

  1. El actor con fundamento en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicitaque en sentencia se declare: " a)Que se me de la guarda, crianza y educación de mi hija M. de los A.A.S.; sin perjuicio de que su señora madre pueda verla en los días que se señalen en ejecución de sentencia.b) Que la demanda deberá pagarme ambas costas de este juicio si se opone a la demanda."

  2. La demandada fue debidamente notificada de la presente demanda y no la contestó dentro del plazo concedido al efecto.

  3. La licenciada A.L.B.B., por sentencia dictada a las nueve horas del veintinueve de mayo de mil novecientos novecientos noventa y cinco, resolvió:" POR TANTO: Conforme a lo expuesto y artículo 2 del Código de Familia, artículos 221, 330, 432 y siguientes del Código Procesal Civil, se declara sin lugar en todas sus partes el presente Proceso Sumario de Guarda, Crianza y Educación promovido por G.F.A.V.Se resuelve sin especial condenatoria en costas."

  4. Conoce este Tribunal del presente proceso, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la referida sentencia.Esta sentencia se dicta dentro del plazo de

Ley. En los procedimientos se han observado lasprescripciones correspondientes.

  1. elJuezQ.P., y;

    CONSIDERANDO:

    1. Se mantiene la relación de hechos probados que contiene la sentencia de primera instancia, por responder a los elementos citados en apoyo, conforme al mérito de lo que informan los propios autos. Se prohija igualmente lo dispuesto en el considerando segundo sobre hechos indemostrados.

    2. El Tribunal comparte, por unanimidad de sus integrantes, los razonamientos de fondo que llevaron a la Señora Jueza de Familia de P., a declarar sin lugar las pretensiones del actor. A esa conclusión se arriba en virtud de que, la base fáctica de la demanda, al decir del...

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