Sentencia nº 01821 de Tribunal de Familia, de 6 de Diciembre de 2001

PonenteOlga Marta Muñoz González
Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2001
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia00-043363-0165-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso sumario de declaratoria judicial de abandono

INTERNO:1226-01

ASUNTO:DECLARATORIA JUDICIAL DE ABANDONO

DE:PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

CONTRA:S.B.A..-

VOTO N°1821-01

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a las diez horas del seis de diciembre del dos miluno.-

Proceso Especial de Declaratoria Judicial de Abandono, establecido por G.S.R., mayor, soltero, abogado, con cédula número uno-trescientos noventa y cuatro-cuatrocientos veintisiete, vecino de San José, en su condición de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia contra, M.G.B.B., mayor, soltero, vecino de Calle Blancos de Goicoechea, con cédula número uno-ochocientos sesenta y cuatro-setecientos setenta y cinco; y contra K.M.A.G., mayor, soltera, operaria, vecina de Calle Blancos de Goicoechea,con cédula número uno-ceronovecientos cincuenta y nueve-cero ciento treinta.-

RESULTANDO:

  1. -

    El Licenciado G.S.R., en su condición de representante legal del PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA, solicita que, en sentencia, se declare: ---A) El abandono de los niños B.M.B.A., T. M.B.A. y M.G.A.G., por parte de sus progenitores K.M.A.G. y M.G.B. B..---B) Que se deposite a los niños en el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA. Apoya sus pretensiones en los siguientes hechos: ---B) Que se deposite a los niños en el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA. Apoya sus pretensiones en los siguientes hechos: ---I.Que las niñas B.M. y T.M., ambas de apellidos B.A., y el niño M.G. A.G., son hijos de los demandados K.M.A.G. y M.G.B.B..---II. Que esa institución tuvo conocimiento inicial el veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y nueve, por referencia del Hospital Nacional de Niños, de la situación de los tres niños, los cuales se encontraban inmersos en una severa conflictiva familiar, de violencia doméstica, drogadicción y alcoholismo del padre; inadecuados hábitos de higiene; carencia de límites y roles de autoridad; inestabilidad domiciliaria; inestabilidad laboral y falta o insuficiencia de recursos económicos, en ambos progenitores; maltrato físico y verbal por parte de sus padres y familia paterna.- Que esa situación obligó a ubicar a la accionada K. y sus hijos con diferentes recursos.---III. Que del veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y nueve, al treinta de mayo del año dos mil, los niños quedaron al lado de su madre K.. Que continuaron viviendo toda la situación antes descrita. Que la madre trató de ubicarse, con sus hijos, diferentes recursos comunales, ante la violencia doméstica, apatía e indiferencia que manifiesta...

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